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Cárcel para el primer diputado del PP valenciano condenado
Fue juzgado por la adjudicación de una contrata de basura en 2004
Fabra anuncia que el diputado dejará su acta y el PP le abrirá un expediente
Elpais.com.- IGNACIO ZAFRA
Los jueces condenaron este viernes a tres años de cárcel a Pedro Ángel Hernández Mateo, diputado en las Cortes Valencianas, todopoderoso alcalde de Torrevieja durante 20 años y fiel aliado del expresidente Francisco Camps en la lucha fratricida del PP que éste libró contra los partidarios de su antecesor, Eduardo Zaplana, en la provincia de Alicante. En una durísima sentencia, en la que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia siguieron la argumentación planteada por el teniente fiscal de la Comunidad Valenciana, Gonzalo López Ebri, Hernández Mateo fue hallado culpable de falsedad en documento oficial y prevaricación.
El entonces alcalde cometió los delitos en la adjudicación, en 2004, del mayor contrato del Ayuntamiento de Torrevieja; el servicio de basura por 96 millones de euros en 10 años (que han acabado siendo más), a la unión de empresas integrada por Necso Entrecanales Cubiertas-Grupo Generala de Servicios.
La sentencia establece la inhabilitación para ser alcalde o cargo electivo local durante siete años. Dado que puede recurrirse ante el Tribunal Supremo, Hernández Mateo podría aferrarse a su escaño. El mantenimiento del salario público hasta que la sentencia sea firme hubiera sido, sin embargo, insólito incluso para un grupo parlamentario como el del PP en las Cortes, que tiene a otros nueve diputados imputados por supuesta corrupción. Pero no ocurrirá. El presidente de la Generalitat, Alberto Fabra, que el año pasado defendía la presunción de inocencia de Hernández Mateo, anunció que éste abandonaría su escaño.
El relevo en su puesto en las Cortes será, en principio, Elisa Díaz, hija del exalcalde de Alicante y también diputado Luis Díaz Alperi, imputado en Brugal.
El exalcalde de Torrevieja cometió los delitos al adjudicar la basura
El tribunal, formado por Pilar de la Oliva, José Ceres y María Pía Calderón, consideró que el comportamiento de Hernández Mateo en todo el proceso administrativo estuvo “preordenado hacia una finalidad primera y principal, adjudicar el mencionado contrato del servicio de basura” a la unión de empresas finalmente ganadora. Su actuación, sigue la sentencia, “incluyó la orientación —manipulación— de la voluntad de los integrantes en los distintos órganos que participaban en la decisión e incluso la alteración de la composición de uno de ellos, permitiendo así sortear los informes internos” y la resistencia de varios técnicos municipales, que se oponían a la adjudicación porque no cumplía los requisitos esenciales y defendían que el concurso público quedase desierto.
Hernández Mateo tuvo desde el principio la intención de entregar el contrato de la basura a Necso Entrecanales Cubiertas-Grupo Generala de Servicios, establece la sentencia. Y al encontrarse con la oposición de parte de los integrantes de la mesa de contratación diseñó una “actuación compleja” para lograrlo. En primer lugar, paralizó el procedimiento y anunció que iba a consultar a tres despachos de abogados para que se pronunciaran sobre los problemas que impedían la adjudicación.
Hernández Mateo solo consultó, sin embargo, a uno, Ariño y Asociados Abogados, a pesar de que firmó dos resoluciones en las que se mencionaban que se había planteado la cuestión a tres. Si el entonces alcalde sabía que ese único despacho realmente consultado tenía, además, una fructífera relación comercial con las empresas que lograron la adjudicación, se lo calló. Ariño y Asociados bendijeron el plan del alcalde a favor de Necso Entrecanales Cubiertas-Grupo Generala de Servicios. Y el procedimiento hasta la adjudicación definitiva prosiguió ya sin mayores contratiempos gracias a los avales de este informe jurídico externo.
El contrato era por 96 millones de euros y un plazo de 10 años
“Esas garantías, y aquí está el alcance real de los hechos, contribuyeron notablemente a obviar los informes internos, a soslayar las relaciones profesionales del despacho encargado de realizar el informe externo con la adjudicataria, a dirigir ciertas voluntades y, claro es, a eludir eventuales y futuras impugnaciones”, concretándose así el delito de falsedad “al servicio del de prevaricación”, señala la sentencia.
Los magistrados repasan los elementos que redondearon ese delito de prevaricación, haciendo que la conducta de Hernández Mateo fuera “injusta y arbitraria” e implicara una “aplicación torcida de la ley”. De los 258 expedientes que se tramitaron en el departamento municipal en el año 2004, solo ese fue firmado por el alcalde. Hernández Mateo obvió un informe que debía recabar en la Consejería de Territorio después de que esta plantease obstáculos a la adjudicación. Alteró la composición de la mesa de contratación en dos personas, “concejales ambos de su propio grupo político”, para lograr la mayoría. Y “pese a la magnitud del contrato”, no lo adjudicó en el pleno, “sino en Junta de Gobierno, aprovechando así la mayoría municipal”.
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hace 1 día 8 horas
Al final,y con bastante suerte,ha sido despojado de su cargo el excalde de Torrevieja por unos delitos que a decir verdad,son cotidianos en el devenir de la clase política actual,y que debería sentar precedente,para los demás casos similares.Claro está que sucede lo contrario puesto que el sucesor (en éste caso sucesora),es hija de otro político también imputado en otros casos de corrupción,lo que demuestra claramente,que al igual que en la nobleza,en el asunto de meter la mano en la caja,también se da ésta situación sucesoria.Ésta España mía y ésta España nuestra,rotundamente,no tiene remedio.
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