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La Justicia deberá reparar los daños causados por las liquidaciones ahora anuladas de La Covatilla
CiudadanosxBéjar NOTA DE PRENSA
LA JUSTICIA DEBERÁ REPARAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR LAS LIQUIDACIONES AHORA ANULADAS, QUE CONDUJERON AL CONCURSO DE ACREEDORES DE GECOBESA
Una vez conocida la sentencia judicial que anula las liquidaciones, llega el momento de poner de relieve sus consecuencias y el hecho de que, con ella, no sólo se viene a reparar un acto injusto, sino que se demuestra que quién firmó el Decreto, lo hizo de manera deliberada y faltando a la verdad, presuntamente de mala fe, en una operación de acoso y derribo contra Gecobesa, movido por intereses políticos y rencillas personales. Alejo Riñones, tanto en su condición de Alcalde de un ayuntamiento que era “promotor” de los proyectos de Gecobesa, como de Vicepresidente de la sociedad, votando a favor de las obras en las Juntas y firmando las cuentas anuales, debe quedar retratado como se merece, al mantener que Gecobesa no había hecho obras, o que, si las había hecho, no estaban autorizadas. Existen numerosos documentos en el sumario al que pertenece la sentencia, que demuestran que Alejo Riñones miente cuando dice ignorar esas obras e inversiones, baste leer el documento en el que (contestando a uno de los escritos presentados por Gecobesa) alude, incluso, a su compensación económica con cargo al canon.
La sentencia dictada la semana pasada por el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Salamanca en la que anula el Decreto nº 471/15-03-2012 de 15 de marzo de 2012 del por el que se aprobaron 10 liquidaciones de canon de concesión con cargo a Gecobesa, por importe de 618.645’72 euros (lo que condujo a Gecobesa al Concurso de Acreedores, previo a su liquidación), declarando que no es conforme a derecho dicho Decreto y condenando en costas a la Administración demandada, da la razón a la anterior concesionaria de la estación e La Covatilla, cinco años después y acredita, además, que la decisión recurrida, y ahora anulada, fue adoptada por decisión personal de los responsables políticos en el Ayuntamiento de Béjar; ya que el Juez motiva su fallo en que el ayuntamiento pasó por alto todos los procedimientos administrativos y legales e ignoró la documentación presentada, haciendo caso omiso a los informes de los técnicos y causando indefensión a Gecobesa en su acción de recurso ante las liquidaciones. Así se puede constatar en el texto de la sentencia:
…Existen, por lo tanto diversos escritos y en distintos periodos de año , algunos sin obtener contestación por parte del ayuntamiento y en todos ellos sin que se haya realizado la valoración por el técnico municipal que se designe.
Todo ello pone de relieve la necesidad de dar audiencia y trámite de alegaciones con anterioridad al dictado de las liquidaciones y que se ha incumplido generando indefensión a la parte recurrente, que recibe 10 liquidaciones sin poder alegar y acreditar en fase administrativa el artículo 15 del Pliego para determinar si puede verse reducida o compensada la cantidad con un menor canon en cada ejercicio ( o en sucesivos ejercicios si es mayor la inversión que el canon a lo largo de la vigencia del contrato). Máxime cuando existen diversos escritos presentados ante el Ayuntamiento sin obtener respuesta.
Por este motivo ya procede estimar el recurso para que se proceda con anterioridad al dictado de las liquidaciones dar audiencia y trámite de alegaciones para poder cumplir y acreditar el artículo 15 del Pliego.
…En el acto del juicio el Arquitecto declaró y señaló que este segundo informe es aclaración del primero. Y preguntado por distintos escritos presentados por la recurrente manifestó que en su departamento no se encontraban, que podrían estar en otros departamentos.
Pero a pesar de lo informado por el Arquitecto se resuelve el recurso de reposición sin recabar la documentación a otros departamentos y sin valorar la documentación que fue aportada por la recurrente.
Lo que pone de manifiesto la indefensión causada al recurrente, ante la falta de de valoración de la documentación aportada por el recurrente.
La estimación de estos dos primeros motivos, conlleva a admitir el recurso interpuesto sin necesidad de entrar en el resto de motivos alegados.
JUZGADO CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1 SALAMANCA
Extracto de la Sentencia: 00116/2017. Doce de abril de dos mil diecisiete.
Está claro, como vemos, que la sentencia acredita que el Ayuntamiento de Béjar había sido repetidamente informado de las inversiones por conducto oficial, que ignoró esa documentación y que lo hizo de manera deliberada, haciendo caso omiso al informe del Arquitecto. Pero la realidad es mucho más grave, porque el Alcalde firma el decreto, sin audiencia ni trámite de alegaciones, a pesar de que él en persona, tanto desde su sillón de la alcaldía como desde su cargo de Vicepresidente de Gecobesa, era perfecto conocedor de que el documento que firmaba era arbitrario, abusivo e improcedente, porque el Ayuntamiento de Béjar, que él presidía y preside, no sólo había conocido y aprobado las inversiones realizadas por Gecobesa, sino que llegó a
participar de manera directa en la planificación de las mismas, hasta el punto de llegar a figurar, oficialmente, como “promotor” de todas ellas.
Entre todos esos documentos que obran en el sumario y que el Ayuntamiento de Béjar ha ignorado, existen dos que lo prueban de manera irrefutable.
En primer lugar, la propuesta de GECOBESA para la adjudicación de la gestión que tuvo entrada en el Ayuntamiento de Béjar el 21 de abril de 2005, presentada en cinco carpetas de documentos y que se incorporó, junto a Pliego, al Contrato de Concesión. En ella se aportan proyectos y anteproyectos cuyos presupuestos suman la cifra de 25.140749’82 de euros, según la siguiente relación:
PROYECTO
Presupuesto
Anexo A. Proyecto Básico y de Ejecución de Reforma y Ampliación del Centro de Turismo y estación de esquí “Sierra de Béjar-La Covatilla”
598.791’35
Anexo B. Plan Director “Sierra de Béjar-La Covatilla”.
15.030.011’93
Anexo C. Anteproyecto para la Ejecución y Modificación en la Estación de Esquí “Sierra de Béjar-La Covatilla”.
5.524.437’77
Anexo D. Telesilla UNIFIX y Telesquí GENIUS.
1.793.646’60
Anexo E. Proyecto CASLI División Nieve.
1.711.538’56
Anexo G.
213.409’10
268.914’51
TOTAL
25.140749’82
Propuesta presentada por Gecobesa al concurso de Adjudicación en 2005
Estos proyectos incluidos en la propuesta de Gecobesa para acceder a la gestión y explotación de la estación de esquí “Sierra de Béjar”, forman parte del contrato de gestión junto con el Pliego de Condiciones, tal y como consta en el mismo contrato.
El programa de mejoras del servicio gestionado que se presentó con la propuesta para optar a la adjudicación del servicio , del que forman parte los proyectos reseñados, fue considerado por la Mesa de Contratación, en su reunión del 25 de mayo de 2005, tal y
como consta en el Acta de Valoración de los Criterios de Adjudicación de la Concesión indirecta del servicio Público de Gestión y Mantenimiento del Centro Turístico “Sierra de Béjar” .En la mencionada Acta, se puede constatar que la Mesa de Contratación puntuó con 12’50 puntos (existiendo un máximo de 20 según el Pliego) este programa de mejoras.
Todas las inversiones realizadas por Gecobesa en la estación de esquí corresponden al desarrollo de estos proyectos. El Ayuntamiento de Béjar tenía, pues, la propuesta para ejecutarlos con aportación de documentación detallada, a nivel de proyecto o anteproyecto con sus correspondientes presupuestos. Toda esta documentación había sido considerada, y aprobada de hecho, con la adjudicación, hasta el punto de formar parte del mismo contrato de adjudicación.
En este contrato, básicamente, las partes pactan que una de ellas se hará cargo de la gestión y explotación de unas instalaciones a cambio del pago de un canon anual, por un periodo de veinte años, prorrogable otros cinco. Pero, en este caso, resulta que las “instalaciones” se entregan en un estado que precisa la realización de fuertes inversiones para su adecuación, puesta en funcionamiento y adaptación a los estándares que se exigen para la correcta prestación del servicio. Tanto es así que la propuesta del concesionario incluye un volumen total de inversiones de más de 25 millones de euros, inversión que espera amortizar a lo largo del tiempo que dure la concesión. En cierto modo es como si adelantara esa inversión que hay que hacer, pero que no ha hecho el Ayuntamiento, soportando todos los costes financieros con sus beneficios de explotación (como cuando las autopistas son construidas por empresas privadas que luego las explotan durante un determinado periodo de tiempo). Una vez hecha la estación de esquí, todas las inversiones realizadas (que han permitido seguir explotando la estación desde hace tres años sin necesidad de aportar un solo euro de más, salvo lo necesario para su normal mantenimiento) deben ser resarcidas, ya sea con los beneficios de explotación obtenidos a lo largo de la duración del contrato o, si esta no llega a completarse por cualquier causa, con la compensación que corresponda en su justa medida y de acuerdo con la legislación vigente.
Hay que subrayar que la sociedad concesionaria, Gecobesa, no decidió comenzar a realizar inversiones por su cuenta y con posterioridad a la firma del contrato, sino que, como hemos visto, había presentado un completo plan de inversiones el cual fue ejecutando a lo largo de varios años, sin que el Ayuntamiento pusiera ninguna objeción, ni impidiera su realización. Es evidente, en consecuencia, que todas las inversiones derivadas de las actuaciones comprendidas en los proyectos y anteproyectos incluidos en la propuesta (y por lo tanto en el contrato) ya contaban con la autorización del Ayuntamiento desde el mismo momento de la firma del documento contractual.
Estas actuaciones se llevaron a cabo tras obtener la correspondiente licencia por parte de los municipios en que se ubican y haber cumplido todos los requisitos legales. En la sentencia, además, se acredita que el Ayuntamiento de Béjar fue informado en todo momento de manera oficial: …Existen, por lo tanto diversos escritos y en distintos periodos de año , algunos sin obtener contestación por parte del ayuntamiento y en todos ellos sin que se haya realizado la valoración por el técnico municipal que se designe.
Visto lo anterior, una vez aprobadas y posteriormente realizadas las actuaciones, lo que correspondía es que el ayuntamiento procediera a valorarlas con la intervención del “técnico municipal que se designe”. Nunca se procedió a tal designación y, en consecuencia, nunca llegaron a ser valoradas. A pesar, incluso de que Gecobesa, ante la inacción municipal y como consta en el sumario, presentó diferentes valoraciones para que los técnicos municipales las convalidaran.
La conclusión es obvia, una de las partes no ha cumplido el contrato y de ese incumplimiento se derivan todas las actuaciones posteriores, que, paradójicamente, siempre han repercutido en perjuicio de la parte cumplidora.
En segundo lugar, se debe poner de relieve otro documento que viene a demostrar, sin ningún género de dudas, que el Ayuntamiento de Béjar no sólo había conocido y aprobado las inversiones realizadas por Gecobesa, sino que llegó a participar de manera directa en la planificación de las mismas, hasta el punto de llegar a figurar, oficialmente, como “promotor” de todas ellas. Se trata del Boletín Oficial de Castilla y León nº 11, del jueves 17 de enero de 2008 (pag. 945 a 952) donde se publica la la Resolución de 20 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de Medio Ambiente, por la que se hace pública la D.I.A. del “Anteproyecto para acondicionamiento de la estación de esquí ‘Sierra de Béjar’ en los términos municipales de de Béjar, Candelario Navacarros y la Hoya (Salamanca) y Solana de Ávila promovido por el Ayuntamiento de Béjar”.
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hace 13 horas 7 mins - Seguid calentando "a las >
hace 15 horas 2 mins - Aquí hay mucho Koldo.
hace 15 horas 10 mins - No entiendo muy bien lo que
hace 16 horas 50 mins - En esta historia el listo
hace 1 día 6 horas - Que esperas de una personas
hace 1 día 16 horas - Trabajadoras las tristes??
hace 1 día 16 horas - sospechosos de cometer
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hace 1 día 17 horas - Se nota que la universidad
hace 2 días 2 horas
Recaderos de Montero, y el prestamo que os concedió la caja rescatada por todos los españoles, ¿Lo vais a devolver? O ya si eso lo cubro yo con mis impuestos?
http://www.lagacetadesalamanca.es/provincia/2011/12/15/covatilla-salva-f...
Los hay torpes y malintencionados ,una cosa es no tragar a Gecobesa no sea que se enfade don Alejo,y otra cosa no admitir que el dinero y por tanto las obras están en la Covatilla.Tambien habrán leído que Montero ha avalado el préstamo y que Gecobesa ha reclamado al Ayuntamiento que según parece despoja a Gecobesa ilegalmente , más de 15.000.000€.es decir con ese préstamo y más de 5.000.000€ de aportación personal ,se hizo parte de la estación y se soportaron los sueldos de más de 100 trabajadores.las críticas deben ser objetivas y las acusaciones ciertas , lo demás es demagogia y basura.Alejo debería parecer un señor aunque no lo sea.
Esto va acabar como el Rosario de la Aurora, si llegara el caso, de que el Ayuntamiento tuviera que indenmizar a Gecobesa no seria mucho problema ya que la nueva gestion ha obtenido grandes beneficios.El prestamo que le concedio la Caja de Ahorros habria que ver , y eso estara en sus cuentas que se hizo con ese prestamo.Pero si no le exigimos transparencia a la nueva gestion, no se lo vamos a pedir a una empresa privada. Supongo que todos los beneficios que estan obteniendo no los reinvierten por si llega el caso de que haya que devolver las cositas. LO dicho esto puede acabar mal.
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