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San Gil se congratula de que la DG del Patrimonio de CyL haya recogido sus reivindicaciones para la delimitación del BIC
El BOCYL de 8 de abril de 2024 publicó la Resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León por la que se incoa procedimiento nueva definición del Bien de Interés Cultural (BIC.) El Bosque de Béjar y de su entorno de protección. La propuesta contempla como BIC. Se proponen como BIC. la regadera que trae el agua al jardín desde la Garganta del Oso así como las diferentes fincas denominadas El Bosque, y un entorno de protección exterior a la cerca que las envuelve.
La propuesta se aproxima a lo ya establecido en el Plan Director de El Bosque, aprobado por la Junta en 2001, aunque es más restrictiva que éste en lo referente al entono. Se cumplen con ella, aunque no en su totalidad, las peticiones que ha venido haciendo desde hace treinta años el Grupo San Gil, y a las que se han unido la Plataforma de Defensa de El Bosque de Béjar, y asociaciones y entidades como ICOMOS, Hispania Nostra y las Reales Academias de la Historia y de Bellas Artes.
Pese a esos pronunciamientos, la Junta había declarado en 1995 como BIC. únicamente la parte denominada Jardín de El Bosque y definido como entorno de El Bosque las otras tres partes de esta denominación
de adecuación del BIC Jardín Histórico de El Bosque de Béjar, disposición recogida posteriormente en el Boletín Oficial del Estado.
Mediante dicho documento se aprueba una nueva delimitación del entorno de nuestro emblemático Jardín de El Bosque.
La resolución establece que el BIC está constituido por las fincas que integran El Bosque a las que se suma la Regadera que lo abastece y el entorno constituido por el Parque Forestal de Monte Mario y una franja de terreno de anchura variable exterior a la cerca de El Bosque.
Esta propuesta de la Junta de Castilla y León se aproxima a la ya aprobada en el Plan Director de El Bosque del año 2001 y corrige la definición del entorno del BIC efectuada en el año 1995 por la que distintas partes de El Bosque pasaban a ser el propio entorno del conjunto.
Con este procedimiento se abre un periodo máximo de dos años de duración para resolver la propuesta, periodo en el que ha de haber un plazo de información pública y de audiencia para que puedan realizarse las oportunas alegaciones.
A partir de la aparición en el BOCYL de la propuesta que comentamos y en tanto se tramita el expediente de nueva declaración, la delimitación y el entorno contemplado en la propuesta estarán ya vigentes hasta el momento de su resolución.
Por este motivo, el Grupo Cultural San Gil, la Plataforma para le Defensa del Bosque y otros colectivos e instituciones se congratulan del hecho que, por fin, la Administración Autonómica recoja las reiteradas peticiones de estas entidades asumiendo sus propuestas.
Grupo Cultural San Gil Béjar
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