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El PSOE llevará al Pleno una moción para denunciar en el juzgado pagos y contratos de la corporación PP/Vox
MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA ANTE EL PLENO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BÉJAR
El Grupo Municipal Socialista en el Excmo. Ayuntamiento de Béjar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 91.4 y 97.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, eleva a Pleno Municipal para su debate y aprobación la siguiente MOCIÓN:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Tras el cambio en la Alcaldía del Ayuntamiento de Béjar, producido el 5 de agosto de 2025, el nuevo equipo de gobierno, en colaboración con los servicios económicos municipales, ha procedido a examinar la situación contractual y financiera del Ayuntamiento.
De dicho examen se desprende la existencia de un número significativo de facturas correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025 que presentan reparos de legalidad formulados por la Intervención Municipal, conforme a lo previsto en los artículos 216 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004).
Lo especialmente grave es que una parte significativa de dichas facturas corresponden a servicios prestados por empresas sin contrato previo formalizado, o sin procedimiento de adjudicación válido, lo que podría constituir una vulneración de la legislación en materia de contratación pública (Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público), así como del principio de eficacia, transparencia y buena gestión de los fondos públicos recogido en el artículo 31 de la Constitución Española.
La prestación de servicios sin contrato, la fragmentación artificiosa del objeto contractual o el abono de facturas al margen de un procedimiento de adjudicación pueden ser constitutivos, no solo de infracciones administrativas graves, sino también de responsabilidad contable o penal,
conforme a lo previsto en el artículo 404 del Código Penal (prevaricación administrativa), el artículo 432 (malversación de caudales públicos) y el artículo 433 (conducta negligente en la gestión de fondos públicos).
Además, conforme al artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, toda autoridad o funcionario público que, por razón de su cargo, tuviere conocimiento de algún delito público, está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Ministerio Fiscal o del Juzgado
competente. Finalmente, el artículo 408 del Código Penal sanciona a las autoridades o funcionarios que, faltando a la obligación de su cargo, se abstengan de promover la persecución de delitos de los que tengan conocimiento.
Por tanto, el deber de denunciar irregularidades no es una opción política, sino una obligación legal y moral inherente a todo cargo público. El silencio o la inacción ante posibles ilegalidades supondrían una grave dejación de funciones y una posible connivencia con actos ilícitos que atentan contra el interés general y la integridad institucional del Ayuntamiento de Béjar.
Ante la gravedad de estos hechos y con el fin de preservar la legalidad, depurar responsabilidades y proteger los intereses económicos y patrimoniales del Ayuntamiento de Béjar y de su ciudadanía, este Grupo Municipal entiende que no puede ni debe permanecer inactivo.
En consecuencia, el Pleno debe adoptar una posición firme para garantizar que los hechos sean investigados, se depuren las responsabilidades correspondientes y se preserve el principio de legalidad que debe regir toda actuación pública.
ACUERDOS PROPUESTOS
1. Instar a los Servicios Económicos Municipales a elaborar, con carácter inmediato, un informe completo que recoja todas las facturas correspondientes a los ejercicios 2024 y 2025 reparadas por la Intervención por falta de contrato o procedimiento de adjudicación válido, tanto si han sido abonadas como si permanecen pendientes de pago.
2. Requerir a los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Béjar que procedan, en nombre del propio Ayuntamiento, a formular denuncia o comunicación formal ante el Juzgado de Instrucción y el Ministerio Fiscal, aportando la documentación e informes jurídicos y de Intervención que resulten pertinentes, a fin de que se investiguen los hechos y se determinen las posibles responsabilidades administrativas, contables o penales.
3. Recordar a todas las autoridades y funcionarios municipales su obligación legal de comunicar cualquier irregularidad de la que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones, conforme al artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
4. Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para que, en nombre del Ayuntamiento de Béjar, designe la representación letrada o jurídica que se estime necesaria para garantizar la defensa de los intereses municipales y la salvaguarda de la legalidad pública.
Béjar, a 27 de Octubre de 2025
El Grupo Municipal Socialista
Excmo. Ayuntamiento de Béja
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Según Larradio ,esto de hacer denuncias esta muy feo, y que se investiga todo pues todos están el lio PP y PSOE, lo que me ha parecido entender que aunque sea ilegal da igual, si se han pagado las facturas pues eso es lo que cuenta y es lo importante, este tio cada vez me deja mas alucinado, desde una Arradio diciendo que aunque sea ilegal esta bien hecho si el fin es el pago de la factura
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