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El Ayuntamiento incorpora una planta de hormigón abandonada a la VIII Bienal de Escultura de Béjar
Aquí al lado tienen la foto del monstruo, en realidad no es una escultura, excusen la broma, lo que tenemos aquí y está a la vista de todos, bien enhiesta a la entrada del Polígono Industrial de Béjar, es una planta de hormigón abandonada y muerta de risa.
Y se preguntarán ustedes, ¿qué hace ahí esta enorme estructura metálica que ya no produce hormigón ni ninguna otra cosa, salvo vergüenza? Ahorita mismo se lo voy a contar, no se me apuren.
El día 24 de febrero de 2006, la empresa HORMIGONES Y MORTEROS PREPARADOS DE SALAMANCA SL (HORPRESA) solicita al Ayuntamiento de Béjar licencia para la instalación de una planta de hormigón para suministro específico y exclusivo a determinadas obras de la autovía de la Plata, durante un periodo de 36 meses, adjuntando el proyecto correspondiente.
El día 27 de febrero de 2006, esto es, 3 días después, el arquitecto municipal en funciones, Javier Bonilla, famoso por su diligencia cuando interesa, informa favorablemente la concesión de licencia municipal para el uso provisional de la planta de hormigón citada, con una duración de 36 meses contados a partir del 20 de febrero, según contrato privado de cesión de terrenos.
Como fundamentos del informe, el citado arquitecto remite a la legislación siguiente:
- Al artículo 288.a.9 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (RUCyL), referente a los “Actos sujetos a licencia”, al considerar que la implantación de construcciones e instalaciones provisionales es un acto constructivo sometido a la petición de licencia urbanística.
- Al artículo 57.c.7 del RUCyL (Derechos excepcionales en suelo rústico) donde se regula que en el suelo rústico pueden autorizarse obras públicas e infraestructuras en general, así como las construcciones e instalaciones necesarias para su ejecución, conservación y servicio.
- Al artículo 59.a.2 (Régimen del suelo rústico común) donde se regula que se trata de un uso permitido cuando está previsto en la legislación sectorial o en instrumentos de ordenación del territorio o planeamiento urbano.
El arquitecto y la secretaria municipales que dieron via libre a la licencia “se olvidaron” de la necesidad de abrir un trámite de información pública, incluyendo notificación a los afectados; de la necesidad de una licencia ambiental; de la necesidad de una licencia de apertura; de establecer la condición de cese de la actividad y demolición de la instalación al final del periodo, aceptada por el promotor y el propietario del terreno; de consignar la obligación de inscribir dicha condición en el Registro de la Propiedad; de exigir un depósito o aval en cuantía suficiente para el desmontaje de la instalación y la reposición de los terrenos a su situación previa
El día 13 de marzo de 2006 se dicta la Resolución de Alcaldía 474/06 de concesión de “licencia municipal para la instalación provisional de una planta de hormigonado en el Polígono 2, Parcelas 294, 296 y 297, para la construcción de la autovía A-66, Tramos Béjar – Límite Provincia Cáceres y Sorihuela – Béjar, en armonía con la documentación y compromiso obrantes en el expediente”.
Así pues, en los aledaños del Polígono Industrial se instaló en el año 2006 una planta para producción de hormigón con destino exclusivo a determinados tramos de la autovía, contando para ello con una licencia municipal de uso provisional por un periodo de 3 años.
Dado que el periodo de autorización comenzó a contar el 20 de febrero de 2006, éste finalizó el 20 de febrero de 2009 pasado, por lo que instalación debería ya estar desmantelada y los terrenos repuestos en su estado inicial. ¿Qué ha pasado para que la instalación siga en pie?
Pasemos primero a analizar la licencia concedida en marzo de 2006, previo informe favorable del arquitecto municipal.
Efectivamente, se trata de una instalación vinculada a la ejecución de una obra pública prevista por la legislación sectorial de carreteras y se localiza en suelo clasificado por el planeamiento vigente como no urbanizable. Se trata de un uso permitido, no precisando de autorización de uso excepcional, prevista por la legislación para otros supuestos, sino tan sólo de la obtención de licencia urbanística y de las autorizaciones que proceda conforme a la legislación sectorial, según se precisa en el artículo 58 del RUCyL (Régimen de autorización de los usos excepcionales).
¿Olvidaron algo la secretaria municipal, Sra. Álvarez Robles, responsable de la tramitación y de la adecuación de la licencia a la legalidad urbanística, y el arquitecto municipal, Sr. Bonilla, firmante del informe técnico que respalda la licencia?
Pues sí, ya lo creo, para empezar olvidaron algo tan decisivo como que era necesario efectuar una INFORMACIÓN PÚBLICA de 20 días, previa publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia.
¿Y qué más olvidaron? Pues olvidaron algo no menos decisivo, como consignar en la licencia la condición de que a la finalización del plazo autorizado, la actividad debía de cesar obligatoriamente y que dicho cese implicaba, también obligatoriamente, la demolición y retirada de las instalaciones. Y que, además, dicha condición debía ser aceptada expresamente por el solicitante y propietarios de los terrenos e inscrita en el Registro de la Propiedad.
¿Y qué más olvidaron? Pues olvidaron algo no menos decisivo e importante, y es que se trataba de una actividad clasificada, o sea que para instalar una planta de producción de hormigón, por muy provisional que sea, en aplicación de la legislación medioambiental hace falta una LICENCIA AMBIENTAL que hubiera debido tramitarse y obtenerse, previa o simultáneamente, a la licencia de obras. Que debería haberse tramitado conforme al artículo 27 de la Ley 11/2003, de Prevención Ambiental de Castilla y León (LPACyL), lo que significa que tenía que haber habido una información pública de 20 días, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos municipal, y una notificación personal a todos los vecinos inmediatos al lugar del emplazamiento propuesto, así como a aquéllos que por su proximidad a éste pudieran verse afectados. Que tenía que haberse remitido el expediente, junto con las alegaciones que se hubieren producido, a la Comisión de Prevención Ambiental, sin cuyo informe vinculante no se habría podido conceder la susodicha licencia ambiental.
Pero ya ven ustedes, estamos ante un caso con impactos graves de emisión de polvo, ruido, alteración paisajística y otros que no ha merecido la atención de nuestro singular arquitecto ni, dicho sea de paso, del célebre departamento de medio ambiente del Ayuntamiento de Béjar. No digamos del alcalde o del concejal de urbanismo de turno. No debería extrañarnos, es el mismo equipo que ha estado detrás de la fraudulenta construcción del nuevo e ilegal Matadero Municipal, levantado, como se sabe, sin previa declaración de impacto ambiental ni proyecto de urbanización, etc, etc.
Y ahí no acaba la cosa, hay más.
Porque después de concedidas la licencia ambiental y la licencia de obras, y una vez construida la instalación, hubiera debido solicitarse por la empresa y expedirse por el Ayuntamiento una LICENCIA DE APERTURA, mediante la que se hubiera garantizado que la instalación se ajustaba al proyecto aprobado así como a las medidas correctoras adicionales que hubieran podido imponerse. Todo ello según se regula en el artículo 33 de la citada Ley 11/2003 (LPACyL).
Y después, en el periodo de puesta en marcha, hubiera debido verificarse la adecuación de la actividad y de las instalaciones al proyecto autorizado mediante CERTIFICACIÓN DEL TÉCNICO DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO, así como el cumplimiento de los requisitos exigibles mediante una CERTIFICACIÓN EMITIDA POR UN ORGANISMO DE CONTROL AMBIENTAL ACREDITADO. Todo ello según el artículo 34 de la LPACyL.
Y a continuación, la Administración competente hubiera debido levantar ACTA DE COMPROBACIÓN DE LAS INSTALACIONES, conforme se especifica en el artículo 35 de la LPACyL.
Nada de eso se hizo, nada consta en el expediente municipal. El tiempo, inexorable y ciego, ha pasado y, sin control ambiental alguno, lo que haya podido contaminarse contaminado ha sido y contaminado se queda. Ya no tiene remedio. Ahora tenemos ahí el mamotreto, desafiante, retando a cualquiera que lo mire. Pero sigamos con la historia.
¿No les parece que siendo una instalación provisional, la buena lógica de gestión pública aconseja que para conceder una licencia de ese tipo se exija un aval a fin de garantizar que, cuando acabe el periodo de la autorización, la instalación sea efectivamente desmontada y el terreno repuesto a su situación original? El desmontaje y retirada de la instalación, así como la reposición del terreno a su estado natural, son operaciones inherentes a una obra provisional y, por consiguiente, deberes urbanísticos claramente exigibles al promotor de la misma. Esta cuestión, que no está indicada expresamente en la regulación de las licencias provisionales en Castilla y León, sí lo está para el caso de las licencias en suelo rústico en supuestos de interés general (art. 314 del RUCyL), donde se especifica que el promotor deberá constituir una garantía para asegurar el cumplimiento de los deberes urbanísticos que fueran exigibles y, a mi juicio, resulta de aplicación subsidiaria y más que justificada en el caso.
¿Creen ustedes que se exigió aval o fianza alguna para conceder la licencia de uso provisional de la que hablamos? Ya conocen la respuesta. No, no se exigió ninguna fianza.
Seguiremos, pues, con la historia.
El día 27 de enero de 2007, esto es, once meses después de solicitada la licencia de la instalación, entra en el Ayuntamiento de Béjar un escrito de la entidad GRÚAS INDUSTRIALES DE SALAMANCA SL en el que se indica, entre otras cuestiones, que no consta que se haya producido exposición pública de ningún procedimiento de autorización administrativa promovido por HORPRESA SL ante el Ayuntamiento, que puede existir un fraude de ley si se solicita una autorización para la instalación con un fin preciso y luego se emplea la planta para operar en el mercado y suministrar a otras obras o puntos de la provincia o de Cáceres, pide la suspensión de cualquier actuación tendente a la concesión administrativa a HORPRESA SL, solicita se le considere parte interesada y se le dé traslado de todas las actuaciones.
El día 20 de febrero de 2007, esto es, 24 días después del escrito anterior y casi un año después de haber otorgado la licencia, el alcalde Sr. Riñones, visto el escrito de la entidad GRÚAS INDUSTRIALES DE SALAMANCA SL, en virtud del cual se solicita que se exija a HORPRESA SL las autorizaciones administrativas precisas para el ejercicio de la actividad desarrollada en el Polígono Industrial, por Resolución 314/07, requiere a HORPRESA para que se provea de todas las autorizaciones preceptivas, tales como Declaración de Impacto Ambiental, Licencia Ambiental y Licencia de puesta en marcha o funcionamiento.
Oh milagro! El Ayuntamiento de Béjar reconoce, un año después de concedida la licencia, a instancias de parte, la necesidad de que la instalación “se provea de todas las autorizaciones preceptivas”, que, por lo visto y con su beneplácito, no tiene.
Ahí tienen al Ayuntamiento de Béjar, actuando como un jabato en el ejercicio de sus funciones, haciendo los deberes a toro pasado, después de haber sido cogido en renuncio por terceros que conocen la ley y reclaman que se aplique.
en la Casa Consistorial permanecen y campan a sus anchas los técnicos y funcionarios responsables de tamaña chapuza. Quizá el alcalde actual se sienta obligado a abrir una investigación sobre el caso o a llevar el expediente a la fiscalía
Y desde esa fecha, silencio. No parece haber más papeles en este, una vez más, triste episodio del Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Béjar. HORPRESA no ha tramitado ninguna nueva licencia, el Ayuntamiento de Béjar no ha exigido ni reclamado nada a nadie, las obras de la autovía han acabado, HORPRESA está en situación de concurso de acreedores y en proceso de liquidación y ahí se ha quedado el muerto, para escarnio, otra vez y van cuántas, del pueblo de Béjar.
Si hubiera habido un aval bancario, se habría podido ejecutar el desmontaje y retirada de la instalación con cargo al mismo. Es lo que hubiera hecho una Administración con un mínimo de criterio. Pero eso es algo que hace mucho tiempo no existe en este Ayuntamiento: criterio.
Al Ayuntamiento actual no le queda otra que presentarse como parte interesada en el concurso de acreedores para reclamar el coste que supondrá la demolición y retirada de la instalación, aunque no sé si con ese chollo de licencia que concedió en su momento, sin condiciones ni avales, tendrá algún derecho a hacerlo. Lo mismo no. Sin embargo, que yo sepa, en la propia Casa Consistorial permanecen y campan a sus anchas los técnicos y funcionarios responsables de tamaña chapuza. Quizá el alcalde actual se sienta obligado a abrir una investigación sobre el caso o incluso a llevar el expediente a la fiscalía.
Así que, para acabar, mientras se lo piensa, voy a hacerle al actual alcalde de Béjar una humilde proposición, no exenta de lógica y razón, y es ésta: que el desmontaje y retirada de este monumento al desatino, propiciado por un Ayuntamiento sumido en la incuria, reo de la ineptitud, si no es otra cosa, de sus técnicos, y de la ignorancia, si no es otra cosa, de sus responsables políticos, se efectúe con cargo al patrimonio personal de los responsables de la licencia de la planta de hormigón, a saber: el arquitecto municipal, de nombre Javier Bonilla Rodríguez, la secretaria municipal, de nombre María Antonia Álvarez-Robles Santos, el concejal de urbanismo en el momento de su tramitación y concesión, de nombre Félix Valle y el alcalde en el momento de su tramitación y concesión, de nombre Alejo Riñones Rico.
Aunque mucho me temo que el actual alcalde, de nombre Cipriano González Hernández, bien conocido por su altruismo en asuntos públicos en los que maneja dinero público y enemigo acérrimo de cualquier exigencia de responsabilidades, decida convertir el mamotreto en obra de arte e incorporarla, con todos los honores y en tanto que pieza principal de la VIII Bienal de Escultura de Béjar, al acerbo cultural de esta ciudad estrecha y arruinada.
Después de todo, si bien se mira, no resulta tan fea.
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Bien dicho Manuel, que estos impresentables se rasquen el bolsillo
Sr. Manuel Velasco, como usted bien sospecha en su penúltimo párrafo, puede coger una buena silla y esperar sentado. El actual alcalde, sr. González, es un pobre títere en las diestras manos de aquellos que usted menciona en su escrito y de algunos más que no aparecen en este capítulo; no va a hacer absolutamente nada. ¡Faltaría más!¿Dónde quedaría el talante democrático?Él considera que dicho talante consiste en dejar a todo el mundo hacer a su manera y que las cosas se resuelvan solas o se queden sin resolver, pero no va a poner él una mala cara y borrar la sonrisa de su rostro, perdería su maravillosa personalidad "el Cipri", que piensa que "to er mundo e güeno".
Todo un ejemplo de buena gestion
Después de leer el artículo, deduzco que D. Manuel Velasco tiene en su poder las pruebas necesarias para demostrar que los señores que cita pudieron actuar, cuando menos, de forma presuntamente negligente. Creo que, como buen ciudadano, usted debería poner esas pruebas en manos del fiscal y que éste decida si son hechos que pueden constituir un delito o no. O envíeselo directamente al actual alcalde para que no tenga más remedio que darse por aludido y actuar en consecuencia, porque si no...
El arquitecto municipal tiene una trayectoria que huele....................................................
quien escribe,creyendo saber todas las leyes,poco sabe.
hay aval bancario,la empresa cedio gratuitamente al ayuntamiento terrenos para el pueblo,la empresa tuvo durante diez años a 25 trabajadores de Bejar,por cierto no muy buenos....a la empresa la deben 5,600.000 euros informense mejor cojones.
¡A nosotros nos lo vas a decir! en este pueblo y más aún en este medio andamos verdaderos superdotados en esto de la ciencia infusa que sabemos de todo, y no un poco de todo como otros que van de figuras sin serlo, no, nosotros sabemos todo de todo y lo que es mejor sin Universidad, experiencia en empresas, sin haberlo vivido, nada da nada ¡fenómenos que somos! y si hay quien diga lo contrario es la cochina envidia que se los come vivitos.
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