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La Cerrallana o la contumacia en el error
Cerrallana 10Todos los humanos nos equivocamos frecuentemente a lo largo de nuestras vidas, pero hemos de reconocer que el Sr. Alejo Riñones está haciendo de su nefasto periplo al frente del Ayuntamiento de Béjar una sucesión ininterrumpida de errores que superan todas las expectativas imaginables y están sumiendo a la ciudad de Béjar en una situación de caos y ruina.
El Ayuntamiento de Béjar, después de la obligada paralización de las ilegales obras que realiza en la Cerrallana, ha sacado a información pública un Proyecto de Instalaciones Deportivas Municipales en dicho paraje, a fin de intentar legalizar las obras en tanto que uso provisional en suelo rústico, lo que constituye una nueva burla de la ley.
Como ya hemos expuesto en estas páginas y en el informe remitido a todos los Organismos concernidos por el asunto, la ordenación urbanística vigente en la Cerrallana es la definida por la Modificación Puntual del PGOU aprobada definitivamente el 31 de julio de 2003.
Según dicha Modificación, la ordenación vigente en la zona, es la propia de un suelo urbanizable delimitado, sin ordenación detallada, en el que para llevar a cabo cualquier actuación de edificación debe desarrollarse previamente el planeamiento de detalle, mediante la redacción y tramitación de un Plan Parcial, seguido de un Proyecto de Urbanización y de la ejecución de las pertinentes obras de urbanización.
El artículo 19.3 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León estipula que, en tanto no se apruebe el Plan Parcial, se podrá usar, disfrutar y disponer de los terrenos conforme a su naturaleza rústica. Y excepcionalmente podrán autorizarse usos provisionales que no estén prohibidos en el planeamiento urbanístico y sectorial, que habrán de cesar, con demolición de las obras vinculadas a los mismos y sin indemnización alguna.
aquí se intenta legalizar una instalación definitiva mediante un procedimiento que la Ley contempla única y exclusivamente para usos provisionales
¿Y qué significa el concepto de usos provisionales? Pues, si uno consulta el diccionario de la lengua castellana, podrá concluir que son los propios de actividades que se hacen con un carácter temporal, o lo que es lo mismo, actividades que se prevé realizar durante un cierto tiempo o plazo, para acabar desapareciendo. Esto es lo que significa un uso provisional y no otra cosa.
En términos urbanísticos, ¿cuáles serían los usos provisionales que podrían instalarse en la Cerrallana? Pues, por ejemplo, unos cobertizos prefabricados ligeros para albergar una feria o una muestra temporal, un circo, un gallinero, unas tribunas desmontables para un espectáculo deportivo, unos almacenes u oficinas vinculados a una obra pública en construcción tal que la autovía, etc. Esos son usos claramente provisionales, los cuales podrían autorizarse excepcionalmente, en tanto se aprueban el Plan Parcial y el Proyecto de Urbanización.
¿Pero constituyen las Instalaciones Deportivas Municipales de la Cerrallana un uso provisional? ¿Tienen estas obras un carácter temporal? ¿Son las piscinas que allí se construyen unos artefactos hinchables y los edificios que allí se levantan unas carpas desmontables? ¿Se construyen las flamantes instalaciones deportivas con la intención de demolerlas en un determinado plazo, como prevé la LUCyL con los usos provisionales? ¿O en realidad nos encontramos ante una infracción urbanística grave y una prevaricación más grave aún, cometidas por el mismísimo Sr. Alcalde, que ha sido incapaz de desarrollar el polígono conforme a las disposiciones legales vigentes en el plazo de casi cuatro años mientras su Concejal de Urbanismo y Pelotazos se dedicaba a ganarse justamente el sobrenombre con total dedicación?
Esta es la nueva rueda de molino con la que el Sr. Riñones quiere hacer comulgar a los bejaranos. Una burda maniobra digna de su escasa inteligencia.
Está claro que la Ley contempla los posibles usos en un suelo urbanizable sin ordenación detallada como algo excepcional, para el caso de que, mientras se desarrolla el Plan Parcial, se necesiten los terrenos para una actividad que sea efectivamente provisional. Pero éste no es el caso, pues aquí se intenta legalizar una instalación definitiva mediante un procedimiento que la Ley contempla única y exclusivamente para usos provisionales.
Este Equipo de Gobierno de pacotilla, acorralado por la opinión pública y la proximidad de las elecciones, intenta saltarse la ley una vez más
Este Equipo de Gobierno de pacotilla, acorralado por la opinión pública y la proximidad de las elecciones, intenta saltarse la ley una vez más. Pero, desde estas páginas le decimos, alto y claro, que no le vamos a dejar. Que vamos a impugnar esta tramitación fraudulenta y llegaremos hasta donde haga falta para restablecer la legalidad vigente.
El Arquitecto y la Secretaria municipal deben hacer frente a sus responsabilidades, tal y como hicieron en el expediente de la Glorieta, y deben “plantarse” delante de estos políticos ignorantes que intentan hacer de la ciudad su predio privado y de la ley, una chirigota continua. Ellos saben perfectamente que este procedimiento es ilegal y tienen la obligación de actuar en consecuencia.
El procedimiento para arreglar el entuerto de la Cerrallana es el que se describe a continuación y NO HAY OTRA SALIDA POSIBLE:
- Adaptar el PGOU de Béjar a la LUCyL, a fin de poder efectuar modificaciones puntuales del planeamiento general.
- Modificar el planeamiento general vigente en el sector de la Cerrallana a fin de que el uso dotacional quede localizado en la zona en que se han construido las instalaciones deportivas (ya que ahora, para mayor escarnio y torpeza, están ubicadas en la zona prevista para los usos industriales).
- Redactar un Plan Parcial que debe incluir una Evaluación de Impacto Ambiental. (Hay que decir que las fases 2 y 3 podrían incluirse dentro de la fase 1, con el consiguiente ahorro de tiempo).
- Redactar un Proyecto de Urbanización.
- Ejecutar las obras de urbanización.
- Y entonces, y sólo entonces, se podrá presentar, tramitar y ejecutar el proyecto de Instalaciones Deportivas Municipales. (Lo mismo cabe decir para el proyecto de Unipolar o cualquier otra instalación que pretenda ubicarse en el sector).
Mientras tanto, las obras de la Cerrallana deben permanecer paralizadas o deben ser demolidas, a fin de restaurar la legalidad urbanística infringida. Y sus responsables deben responder ante los ciudadanos y ante la Justicia.
- Pero vamos a ver
hace 15 horas 33 mins - Bien entendido, un beso es
hace 15 horas 33 mins - No hay más que ver a Puri
hace 17 horas 46 mins - Que opinas de Franco de
hace 18 horas 52 mins - Síii, y que tiempos
hace 18 horas 53 mins - "Palmadita en el culo de una
hace 18 horas 59 mins - Es muy probable que esos
hace 22 horas 31 mins - Parece que sea malo que la
hace 1 día 9 horas - ES verdad señor Fabián ya
hace 1 día 9 horas - Vaya ARTÍCULO. Para
hace 1 día 13 horas
Espero y ansio que Alejo Riñones y Felix Valle vayan a la carcel, se lo merecen o ¿a caso no son unos delincuentes?
LA CERRALLANA.¿Donde ésta el SEPRONA, han cortado cientos de Árboles, vaciado miles de m2 de escombros de las obras de la Autovia)¿ ¿FOMENTO, no se ha enterado de que los accesos y partes de lo construido esta en zona afectada por la misma?
¿Los Impectores de Trabajo, no se han enterado, de las obras que llevan mas de un año? ¿Los tecnicos del Ayuntamiento estan afonicos, o su inmobilidad es fruto de algún convenio?¿Quien firma las partidas economicas y de donde salen? ¿Quien ha llevado la dirección de las Obras? ¿Que tecnicos elaboraran el proyecto,( que ya esta construido)?¿ DONDE ESTA LA OPOSICIÓN?¿Los vasos de las piscinas se han construido sobre materiales de relleno? ¿SI DESGRACIADAMENTE POR DEFECTOS DE LO CONSTRUIDO OCURRIERA UN ACCIDENTE, QUIEN ES EL RESPONSABLE? Áh,si fuera un familiar de quien le parece muy bien todo esto,¡¡¡SE CALLARIA!!!
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