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No a la imposición de tasas para el registro y actualización de asociaciones
NO A LA IMPOSICION DE TASAS PARA EL REGISTRO Y ACTUALIZACION DE ASOCIACIONES
Yo, un simple socio voluntario que trabaja altruistamente para dar un servicio a los demás.
Para la junta, un simple socio de un número de registro del cuál sacar tajada.
¿Dónde quedan nuestras acciones?
¿En cuánto se calcula en dinero el tiempo que dedicamos a trabajar altruistamente?
¿Desde cuándo poner un sello en un papel por manos de funcionarios de nuestra comunidad (los cuales los pagamos con nuestros impuestos) cuesta dinero a los socios voluntarios?
¿Cuánto le va a suponer de beneficios a la comunidad el cobro de esos registros?
Bueno, ahora mirando la ley:
BOE número. 73 Martes 26 marzo 2002 11981
En el Artículo 4. Relaciones con la Administración.
1. Los poderes públicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, fomentarán la constitución y el desarrollo de las asociaciones que realicen actividades de interés general.
Según mi entender este articulo publicado en el BOE quiere decir que las administraciones deben fomentar la creación de Asociaciones .
Ahora bien :
ORDEN HAC/740/2012, de 31 de agosto, por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes a partir del 18 de julio de 2012.
En las que indican los precios correspondientes a la creación, registro y actualizaciones de asociaciones, fundaciones y colegios profesionales, siendo estas las cantidades.
Regulación: Artículos 25 a 27 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Código 309.2 Tasa en materia de asociaciones fundaciones y colegios profesionales. Cuotas
(Euros)
Obtención de cualquier tipo de información, certificaciones, listados y examen de documentación que conste en los Registros:
Por el primer folio 3,80
Por los siguientes folios 1,95
Por la inscripción de una asociación de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones: 25,00
Por la inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito local o provincial en el Registro de Asociaciones 30,00
Por la inscripción de una asociación de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones 45,00
Por la inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito autonómico en el Registro de Asociaciones 50,00
Por la inscripción de modificaciones estatutarias o de cambio de Junta Directiva de cualquiera de las entidades inscritas en el Registro de Asociaciones 20,00
A mi entender cobrar tasas por la creación y registro de asociaciones no fomenta la creación de asociaciones que realicen actividades de interés general el cual debería ser fomentado por los poderes públicos como indica la disposición indicada ene le Boletín Oficial del Estado.
En otro articulo del mismo BOE número. 73 Martes 26 marzo 2002 11981 dice:
Artículo 10. Inscripción en el Registro.
1. Las asociaciones reguladas en la presente Ley deberán inscribirse en el correspondiente Registro, a los solos efectos de publicidad.
2. La inscripción registral hace pública la constitución y los Estatutos de las asociaciones y es garantía, tanto para los terceros que con ellas se relacionan, como para sus propios miembros.
3. Los promotores realizarán las actuaciones que sean precisas, a efectos de la inscripción, respondiendo en caso contrario de las consecuencias de la falta de la misma.
En estos artículos dice que las asociaciones deberán registrarse ya que es una garantía para terceros como para su propios socios.
Entonces por qué las asociaciones tienen que pagar por un servicio que ofrece la administración publica y que es un deber y una garantía ante terceros y los miembros de la misma.
Nuestra constitución dice lo siguiente:
Artículo 22. Constitución Española
1. Se reconoce el derecho de asociación.
3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad.
Así, quiere decirse que hasta nuestra constitución reconoce el derecho de asociarse.
Por eso mis peticiones son las siguientes:
- No al tasado impuesto por la junta de Castilla y León al registro de asociaciones, porque nosotros también dentro de nuestras casas tenemos crisis y si nos dedicamos altruistamente a una labor voluntaria es porque nosotros no sacamos tajada de nuestras acciones.
- No al cobro de acciones que ya pagamos con nuestros impuestos.
- Y sobre todo, no al pensamiento de que solo somos números a los cuales podemos tasar, somos personas y nuestras acciones no se tasan.
Espero que estas lineas puedan servir de reflexión sobre la ley de tasas que desde la Junta de Castilla y León quieren imponer a las Asociaciones y Fundaciones de nuestra Comunidad.
Agradeciendo Vuestra Atención
Atentamente
Francisco Javier Santero Castellano
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"Amigo" Francisco Javier, no sé si me conoces por el nombre, soy Paulino Aliseda. EStoy totalmente de acuerdo con todo lo que expresas. Yo, no sé si lo sabes, pertenezco a la junta directiva de una asociacióon de Béjar y te puedo asegurar que si todos los datos que argumentas, junto con tu reflexión,son fiables y correctos, habría que tomar alguna medida al respecto. Yo no pude asistir ayer a la convocatoria que teniais prevista para las 18:00 porque no me encontraba en Béjar ayer día 18, pero no dudes que habría asistido, además también conoces, creo, mi voluntad de constituir una asociación en Béjar y Comarca, para discapacitados de origen de patologías mentales. No obstante te diré que puedes contar conmigo para lo que quieras y en particular para estos temas.
atentamente,
Paulino Aliseda Hoya
P.D:Creo que tienes mi correo electronico, por si quisieras contactar conmigo por ese medio.
Reconozco que ésta Ley de Tasas que se aprueba por parte de la Junta de Castilla y León,es una auténtica salvajada,dentro
de las ya cometidas,y que al parecer no ponen freno.
Aplicar tasas de inscripción a las diversas asociaciones,supone que en lugar de prodigarse en número,suponga el efecto contrario,es decir,que tal vez,desaparezcan algunas de las ya existentes,por considerar lesivas éstas decisiones.
Indudablemente cualquier persona que esté ó haya pasado por algún cargo directivo en asociaciones altruístas,es consciente de que ello le representa una merma de tiempo para dedicárselo a la familia,con el añadido de unos gastos imprevisibles antes o después de las reuniones,al convivir muchas horas con el resto de componentes de la Junta.
Mi experiencia en éste sentido,me da la oportunidad de opinar sobre el tema,porque he sido cofundador de tres asociaciones de distintas actividades,y en todas ellas a pesar del esfuerzo,dedicación y gastos personales imprevistos,me encuentro satisfecho de haber cumplido con una
labor infinitamente compensada,al haber tenido la oportunidad
de contribuir en beneficio de otras personas dentro de un contexto exclusivamente social.
Pretender con éstas absurdas normas frenar y coartar la defensa altruísta de las asociaciones a través de impuestos,es poner palos a las ruedas de una labor social tan importante como son las asociaciones.
Lo que pretenden es proteger sus sueldos millonarios haciendonos creer que hay crisis. !No Votar!
En la reunión de ayer se saco un documento al cual podrán adherirse todas las asociaciones que los deseen, ademas cualquier asociación o socio que quiera comprobar las tasas de las que se mencionan pueden dirigirse a la pagina del Junta de Castilla y León al boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL) del 17 de JULIO del 2012 .en el Capitulo 2 Modificación de ley de tasas y precios públicos se encuentran los artículos 25, y 27 del mismo.
un saludo
¡¡¡¡¡¡¡CLARO Y LUEGO CON LA PASTA QUE SE OBTENGA DE SEMEJANTE ABERRACIÓN, LO QUE SE PIEDE HACER ES SUBVENCINAR UNA ESTACIÓN DE ESQUÍ, POR PONER UN EJEMPLO.
NO SE QUE VAYAMOS A INVERTIR EN PROPORCIONAR UN LOCAL A LAS DIFERENTES ASOCIACIONESN UN LUGAR DE REUNIÓN.....
VAYA PANDILLA DE LADRONES!!!!!!!
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