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El impacto de la amnistía fiscal en España, a examen
Boletín de la Warthon University
El Gobierno español presidido por Mariano Rajoy ha aprobado a finales de marzo unos Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 con los que pretende cumplir el objetivo de déficit del 5,3% del Producto Interior Bruto (PIB) pactado con la Comisión Europea para devolver a los mercados y los inversores internacionales la confianza sobre las finanzas y la solvencia del país. Para lograrlo, ha establecido una serie de medidas excepcionales entre las que se encuentra una polémica “amnistía fiscal” para el conocido como “dinero negro”, es decir, el capital que ha esquivado el control del Estado y, por lo tanto, sobre el que no se ha pagado impuestos.
La iniciativa introduce un gravamen especial del 10% para las rentas no declaradas por contribuyentes del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes que no estén siendo investigados por la Agencia Tributaria. Al mismo tiempo, también se fija un gravamen del 8% para los dividendos o participaciones en beneficios de fuente extranjera derivados de la misma fuente que se repatríen antes del 31 de diciembre de 2012. El Ministerio de Hacienda calcula que estas regularizaciones permitirán aflorar unos 25.000 millones de euros (unos 33.000 millones de dólares) que hasta ahora no cotizaban, que dejarían en las arcas del Estado alrededor de 2.500 millones de euros (unos 3.300 millones de dólares).
La decisión del Gobierno español ha sido similar a la tomada por Mario Monti en Italia. El primer ministro italiano decidió el pasado mes de noviembre ampliar la amnistía fiscal puesta en marcha por su predecesor, Silvio Berlusconi, en 2009. Al mismo tiempo, ha endurecido la lucha contra el fraude fiscal, lo que ha permitido a la administración destapar en 2011 una bolsa de 58.000 millones de euros (unos 76.000 millones de dólares) en operaciones sin declarar.
España ha seguido el mismo camino. El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha anunciado que tras la amnistía fiscal se aprobará un plan de lucha contra el fraude de “extrema dureza” con medidas innovadoras como la de limitar a 2.500 euros (unos 3.294 dólares) el pago en efectivo en las operaciones mercantiles.
Beneficios exagerados
Sin embargo, Daniel Díaz Fuentes, profesor de la Universidad de Cantabria, en España, y experto en política fiscal y monetaria, duda de la efectividad de la amnistía y la valora “en general, de forma negativa”. En su opinión, la evasión y las amnistías fiscales han sido históricamente síntoma y sustento del atraso o ineficiencia fiscal hasta tiempo reciente, lo que conlleva un bajo compromiso de los ciudadanos con los pagos a la Hacienda pública y a una ineficacia del sistema recaudatorio. “Pero el problema no era ni es exclusivamente el atraso de la Hacienda, sino la percepción generalizada de que existían desiguales oportunidades de defraudar; esto limitaba las posibilidades de reforma fiscal y contribuía al propio fraude”, comenta.
Fuentes señala que, en general, las numerosas amnistías que han tenido lugar en diferentes países, como Argentina, Australia, Ecuador, Francia, Colombia o EEUU, entre otros, en los años 80 o Italia en 2009, “han perseguido objetivos recaudatorios de corto plazo que han sido más o menos efectivos”. También se han presentado como un mecanismo para afrontar y disminuir el fraude, es decir, “convertir defraudadores en contribuyentes, lo que puede redundar en un incentivo [para defraudar] al crear expectativas de futurasamnistías, como ha sido común en Italia y en otros países latinoamericanos”, advierte.
Julián López Laborda, profesor de Estructura e Historia Económica y Economía Pública de la Universidad de Zaragoza, coincide en evaluar de forma negativa la medida del Gobierno español y en explicar el objetivo de la medida. “Las amnistías fiscales se conceden por razones estrictamente recaudatorias: obtener recursos a corto plazo con los ingresos derivados directamente de la amnistía; pero también a medio y largo plazo, como consecuencia de la incorporación de los incumplidores al censo de contribuyentes cumplidores. Lo cierto es, sin embargo, que ni a corto ni a medio/largo plazo los efectos de las amnistías son significativos”, advierte.
De hecho,los estudios empíricos que se han llevado a cabo sobre este último punto señalan que incluso en las experiencias más exitosas, el aumento del volumen de ingresos directos obtenidos mediante las amnistías ha sido modesto.
Los economista del Fondo Monetario Internacional (FMI) Eric Le Borgne y Katherine Baer aseguran en su estudio publicado en 2008 y titulado Tax Amnesties: Theory, Trends, and Some Alternatives que “la experiencia revela que los beneficios percibidos de una amnistía fiscal están, en el mejor de los casos, exagerados y a menudo no logran exceder los costes del programa, costes que, además, rara vez son contabilizados”. Explican que el índice de referencia que los políticos utilizan a menudo para evaluar el impacto de una amnistía tributaria son los incrementos de los ingresos brutos de corto plazo, que efectivamente pueden crecer, pero no tienen en cuenta la ganancia de los ingresos netos, no sólo en el corto plazo, sino también en un horizonte de mediano plazo, ya que el “éxito inicial de la medida” puede verse disminuido por diversos factores. Entre ellos: cualquier eventual reducción en el cumplimiento de los contribuyentes, resultado de la pérdida de credibilidad de la administración, como consecuencia de la polémica social que genera el percibido trato de favor a los defraudadores; el coste directo de la administración de la amnistía, como los recursos empleados o la publicidad; y el coste de los ingresos fiscales sacrificados, es decir, aquellos que no se cobrarán tras la amnistía y que podían haberse cobrado detectando evasiones y aplicando las correspondientes multas.
El cálculo del éxito o fracaso
López Laborda explica por qué las amnistías fiscales suelen fracasar y enqué punto pueden tener éxito: “Cuando un individuo decide evadir sus impuestos lo hace, entre otros motivos, porque estima que los impuestos que tiene que pagar si cumple voluntariamente son superiores a los que eventualmente tendría que pagar si decide evadir y fuera detectado posteriormente su comportamiento evasor. A modo de ejemplo, si el tipo impositivo es un 50%, la probabilidad de detección de la evasión, el 1%, y los impuestos a pagar en caso de fraude (impuesto+sanciones+recargos+...) del 300%, la comparación es la siguiente: un 50% de ‘impuesto cierto’ frente a un 3% (300% x 1%) de ‘impuesto probable’. La decisión del individuo será arriesgarse y evadir el impuesto”.
Y continúa: “Cuando se concede una amnistía, para que el evasor cambie su decisión inicial y decida acogerse a la amnistía, tiene que cambiar alguna de las variables del cálculo anterior, de tal manera que le resulte mejor pagar que no hacerlo. Supongamos, en el ejemplo anterior, que se concede una amnistía según la cual el evasor puede pagar el impuesto que debe (50%) sin sanciones ni intereses y se le avisa de que la probabilidad de detección de los incumplidores se va a elevar hasta el 20%. El cálculo que hará ahora el evasor será el siguiente: 50% de ‘impuesto cierto’ frente a 60% (300% x 20%) de ‘impuesto probable’. La decisión del individuo será acogerse a la amnistía”.
Este docente considera que tal y como se ha diseñado la reciente amnistía española, en la que se le permite al individuo pagar un "impuesto cierto" del 10%, hará que aquellos individuos cuyo "impuesto probable" sea mayor que el 10% estén interesados en participar en la amnistía. Él cree que seguramente no sean muchos, porque la probabilidad de detección de los incumplimientos es muy reducida, incluso nula en los casos de capitales localizados fuera de España, en paraísos fiscales, “lo que hace que el ‘impuesto probable’ también lo sea: aunque la sanción sea muy grande, si la probabilidad de detección es cero, el ‘impuesto probable’ será también cero”, argumenta.
Mensajes peligrosos
Fernando Rodrigo Sauco, también profesor de Estructura e Historia Económica de la Universidad de Zaragoza, pone una nota positiva al destacar que algunos estudios empíricos subrayan el papel que pueden jugar las amnistías fiscales como un instrumento que favorece la transición a etapas tributarias caracterizadas por el tratamiento más severo de las conductas evasoras. “Es decir, si existe un problema severo de evasión fiscal en un país (el incumplimiento tributario se percibe como generalizado), la amnistía fiscal puede contribuir al juego ‘del palo y la zanahoria’, favoreciendo el paso a un período de mayor persecución del fraude y paralelamente a una etapa donde el cumplimiento tributario sea más generalizado”, explica.
Sin embargo, la experiencia más cercana de amnistía fiscal en España no invita al optimismo respecto al posible éxito recaudador de la medida. La llevó a cabo el ex ministro de economía socialista Carlos Solchaga en 1991, cuando ofreció a los suscriptores de los llamados “pagarés opacos” la oportunidad de regularizarse, bien mediante declaraciones complementarias, bien a cambio dedeuda pública especial del Estado con un tipo de interés muy bajo.Unestudio precisamente de los citados profesores de la Universidad de Zaragoza Julio López Laborda y Fernando Rodrigo Sauco, con el título de “Incidencia de la amnistía fiscal de 1991 en el cumplimiento a largo plazo en el IRPF”, señala que "el ejercicio realizado sobre la serie de recaudación mensual del IRPF entre 1979 y 1998 permite concluir que la amnistía no tuvo ningún efecto sobre la recaudación tributaria, ni a corto ni a largo plazo".
Además de los limitados efectos recaudatorios, los expertos coinciden en señalar que las amnistías fiscales producen efectos negativos de todo tipo. En opinión de López Laborda, “suponen un clarísimo atentado al principio de equidad y, además, lanzan algunos mensajes peligrosos”. Y señala que a los defraudadores les informan de que no es cierto que las amnistías sean irrepetibles: al contrario, pueden estar seguros de que siempre tendrán una oportunidad para regularizar su situación fiscal en condiciones ventajosas. A los cumplidores, les invita a replantearse su relación con la Hacienda Pública, quiénes se podrían plantear: ¿por qué mantener una relación de colaboración y cumplimiento con la Hacienda, si lo que ésta recompensa es el incumplimiento? “La ‘Economía del comportamiento’ ya nos advierte de que este cambio en el contrato del Gobierno con los ciudadanos puede producir un aumento en el incumplimiento. Finalmente, las amnistías informan a todos los ciudadanos de que el Estado es incapaz de combatir adecuadamente el fraude fiscal, y de que no duda en sacrificar el principio de justicia en aras de un incierto resultado recaudatorio”, añade López Laborda.
Según Díaz Fuentes, las amnistías han constituido oportunidades otorgadas a los defraudadores, durante un período limitado de tiempo, para realizar contribuciones voluntarias ante el reconocimiento de su evasión, obteniendo una reducción o eliminación de las penalizaciones correspondientes, “por eso, implican un agravio comparativo a los contribuyentes honestos. En segundo lugar, redunda en una relativización de la gravedad del fraude y las infracciones. Finalmente, afectan principios socialmente aceptados de capacidad de pago y justicia tributaria [en que aquellos con más ingresos pagan más]”, señala.
La medida que se acaba de aprobar en España tiene pendiente el desarrollo de muchos aspectos decisivos, como el modelo de declaración e información a cumplimentar en el mismo, medidas necesarias adicionales para el cumplimiento de la regularización, etc., señalan los expertos. Rodrigo Sauco señala que a partir de ahí se podrá hacer una valoración más ajustada de la amnistía porque entonces también se podrá calibrar su generosidad, es decir, el ámbito efectivo de cobertura. “Y cuanto más generoso se sea, más problemas de equidad existirán, ya que trataremos, ex post, de forma notablemente distinta a quienes deberían ser fiscalmente tratados de forma igual”.
En su opinión, cuantos más problemas percibidos de equidad existan, más se comprometerá el cumplimiento tributario de individuos que hasta ahora se habían comportado de forma honesta. Es decir, dice, “puede haber problemas en el deterioro de la conciencia fiscal de los contribuyentes si se percibe socialmente que la evasión tributaria no es un acto ilícito particularmente grave”. Por eso, “será decisivo el diseño de medidas de acompañamiento que refuercen (o no) la credibilidad de lucha futura contra el fraude”, añade.
Como consecuencia del esperado mínimo impacto recaudatorio y los demás efectos negativo señalados de la amnistía fiscal, López Laborba destaca que se puede agravar la situación presupuestaria del país, “ya que a una previsión de ingresos ya algo inflada [por parte del Gobierno] y difícil de cumplir hay que añadir una previsión de recaudación por la amnistía que, seguramente, tampoco se cumplirá, de tal manera que nos encontraremos en diciembre con un objetivo de déficit que no se puede cumplir y sin tiempo para reaccionar”.
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- A que tema te refieres? Al
hace 4 horas 29 mins - Ni mejor ni peor. Y tú
hace 4 horas 34 mins - Que aburricion, que la gente
hace 9 horas 19 mins - Seguid estirando ese tema
hace 14 horas 40 mins - Ni mejor ni peor. Y tú,
hace 17 horas 51 mins - Pues vaya lio, porque uno
hace 18 horas 55 mins - Gracias Luis por meternos
hace 18 horas 59 mins - Pues a mí me llaman por
hace 20 horas 17 mins - Sin duda se trata de un paso
hace 21 horas 26 mins - Tu eres un ciudadano de esos
hace 1 día 3 horas
Según se desprende del artículo sobre la amnistía fiscal,y en opiniones de varios expertos,las oportunidades que se les ofrecen para continuar defraudando a la Hacienda Pública,son innumerables e incluso se les dá la opción de elegir la que les resulte más ventajosa,todo ello,independientemente del favor que de entrada ya les hace Hacienda,penalizando sólo con el 10%,si se aflora el total del dinero evadido.
Con todo mi respeto,lo que está haciendo el Gobierno,es proteger al defraudador con éste cúmulo de facilidades,y que sin nduda alguna,seguirán haciendo,con la extraordinaria complacencia de quienes tienen la obligación de sancionar a quiénes cometan delitos fiscales,y no actuar de protectores auténticos,demostrando una permisividad que hasta ahora,nadie conocía.Con ésta decisión,se vuelve a demostrar que el gran estafador sigue amparado,y en cambio el pequeño ratero,acabará pudriéndose en la cárcel.
Los que defraudaron y mintieron son los que nos dejaron un deficit del 8,5.
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