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Ganemos exige acabar con la impunidad en el ‘caso Aceinsa’ y que las personas responsables paguen los 300.000€ de indemnización
La formación granate ha presentado un escrito en el Registro Municipal del Ayuntamiento pidiendo que se abra un expediente para determinar qué personas concretas estuvieron implicadas en la decisión para que respondan con su patrimonio personal
Ganemos Salamanca ha presentado hoy en el Registro General del Ayuntamiento un escrito cuyo objetivo es “terminar con la impunidad”, que considera “la base de la corrupción”. En concreto, la agrupación de electores exige que los cargos municipales que decidieron en su momento conceder a la empresa Aceinsa el contrato de alumbrado público respondan con su patrimonio personal por el perjuicio económico que este acto hacia la ciudadanía. Esta adjudicación fue declarada nula por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León en 2017 después de que otra de las empresas aspirantes, Etralux, llevara el asunto ante la Justicia. La empresa ha sido indemnizada recientemente con fondos municipales, en cumplimiento de la sentencia, con casi 300.000 euros por no haber sido la adjudicataria del contrato de alumbrado.
El grupo municipal Ganemos al completo ha dado a conocer hoy la presentación de su escrito, con el que tratan de terminar con la “impunidad de quienes cometen actos corruptos que dañan el presupuesto municipal”. Queda abierta así la vía de la responsabilidad directa, lo que supone poner nombres y apellidos a las personas que decidieron optar en su momento por Aceinsa, pese a los votos en contra con los que tanto el interventor como el secretario municipal alertaron de la ilegalidad del acto. El documento solicita “determinar y exigir la responsabilidad de las autoridades y, en su caso, demás personal del Ayuntamiento que han intervenido en la resolución del expediente administrativo” que condujo a la adjudicación del contrato a la empresa.
El siguiente paso sería, tal y como explica Ganemos, que se abriera en el Consistorio un expediente para investigar lo ocurrido, con un instructor o instructora, con el objetivo de decidir qué personas concretas deben hacer frente al pago con su propio dinero. Si el proceso no diera lugar a una resolución o bien si el resultado no sirviera para depurar responsabilidades concretas, la formación granate llevará el asunto por la vía de lo Contencioso-Administrativo, según ha confirmado.
Que ahora el Ayuntamiento haya desembolsado casi 300.000 euros es para Ganemos la principal consecuencia del “despilfarro y la mala gestión habitual del PP”, tal y como asevera la portavoz del grupo, Virginia Carrera. Asimismo, para la agrupación de electores, cualquier actuación que implique la gestión de fondos públicos requiere procesos “tremendamente escrupulosos” que eviten actuaciones que, como esta, impliquen “ilegalidades”, según añade la concejala Pilar Moreno.
En este sentido, para Ganemos Salamanca, es “evidente” que “los dos alcaldes, tanto el huido como el actual”, fueron “conscientes” de que la adjudicación quedaba fuera del marco legal, explica el edil Gabriel Risco, en referencia Alfonso Fernández Mañueco y a Carlos García Carbayo, respectivamente. De igual, la agrupación independiente denuncia una “negligencia grave evidente” en la elección de Aceinsa, como advierte el concejal Gabriel de la Mora, que queda confirmada con la obligatoriedad de la indemnización fijada (incluso la misma sentencia del TSJ confirma el “trato de favor” hacia la empresa).
SR. ALCALDE DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA
Virginia Carrera Garrosa, Gabriel Risco Ávila, María Pilar Moreno González y Gabriel de la Mora González, todos concejales de este Ayuntamiento que forman el Grupo Municipal GANEMOS SALAMANCA, cuyos datos personales ya constan, como mejor proceda en derecho:
EXPONEN:
1º.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, Sección 1ª, dictó Sentencia nº. 1.321/2017, de 27 noviembre, que ha adquirido firmeza, por la que anula el contrato del Servicio de mantenimiento y mejora de las instalaciones de Alumbrado Público del municipio de Salamanca adjudicado a la sociedad ACEINSA y declara que debió ser adjudicado a la sociedad ETRALUX, condenando al Ayuntamiento a la indemnización equivalente al 6% del beneficio industrial, en el caso de imposibilidad de ejecutar la sentencia en sus propios términos.
2º.- En ejecución de dicha sentencia, habida cuenta de la imposibilidad material, por el tiempo transcurrido, de adjudicar el contrato a la empresa demandante, con fecha 28 de diciembre de 2018, este Ayuntamiento ha reconocido la obligación de pago a favor de la empresa ETRALUX por la cantidad de 299.439,66€, como indemnización sustitutoria, en resarcimiento del perjuicio ocasionado a la empresa por la ilegalidad cometida por la Junta de Gobierno Local al adjudicar el contrato a ACEINSA.
3º.- La adjudicación del contrato de alumbrado público a la empresa ACEINSA fue acordada por la Junta de Gobierno Local en contra de los informes y votos del Secretario General y del Interventor General y con el reparo expreso y formal del Interventor General sobre el gasto a realizar por dicho contrato.
4º.- El artículo 36 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público establece que: “2. La Administración correspondiente, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de oficio en vía administrativa de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, o culpa o negligencia graves, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
[…]
3. Asimismo, la Administración instruirá igual procedimiento a las autoridades y demás personal a su servicio por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando hubiera concurrido dolo, o culpa o negligencia graves”.
No cabe duda de la existencia del perjuicio económico ocasionado, que por lo pronto ha obligado al Ayuntamiento a indemnizar con la cantidad de 299.439,66€ a la empresa ETRALUX. Tal perjuicio no es fortuito, sino que se debe a una voluntad consciente del Gobierno Municipal, que violentando la normativa de contratación favoreció a una empresa. La decisión tomada por la Junta de Gobierno Local fue adoptada por sus integrantes a sabiendas de su ilegalidad e ignorando la propuesta de la Mesa de Contratación y los informes contrarios emitidos por el Secretario General y por el Interventor. Tal forma de actuar configura un comportamiento doloso o culpable muy grave.
La exigencia de responsabilidad a las “autoridades y demás personal a su servicio” que han generado esta situación resulta obligada, puesto que la norma la regula con carácter imperativo. No es una opción, la Administración tiene la obligación de instruir el procedimiento legal para exigir tal responsabilidad administrativa.
Por lo expuesto,
SOLICITAN que por el órgano municipal competente se incoe y tramite el expediente previsto en la Ley para determinar y exigir la responsabilidad de las autoridades y, en su caso, demás personal del Ayuntamiento que han intervenido en la resolución del expediente administrativo que condujo a la adjudicación del contrato Servicio de mantenimiento y mejora de las instalaciones de Alumbrado Público del municipio de Salamanca finalmente adjudicada a ACEINSA MOVILIDAD SA, anulado por la citada sentencia y que ha dado lugar a la indemnización de 299.439,66€ a favor de la empresa ETRALUX.
Salamanca, a 21 de enero de 2019.
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