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Editorial nº 82, del 23 al 30/03/08: La nueva página web del Ayuntamiento de Béjar
Nueva WebEl Ayuntamiento de Béjar presentó recientemente en el Convento de San Francisco su nueva página web. El objetivo de la misma, según las palabras del alcalde Cipriano González es hacer de la página web un instrumento de comunicación más eficiente.
Los lectores interesados pueden ver la nueva página en http://www.aytobejar.com
Vaya por delante nuestra felicitación al Ayuntamiento por esta iniciativa. Tal y como hemos dicho en numerosas ocasiones, Internet es un instrumento de comunicación fundamental para que las sociedades modernas lo sean de verdad. En este sentido todo lo que sea apostar por facilitar el acceso de los vecinos a la información y gestión municipales va en la dirección correcta.
La página no obstante tiene aún muchas cosas que mejorar. La principal es que sigue siendo un instrumento de comunicación descendente, o sea desde el Ayuntamiento hasta los vecinos y no lo es, o lo es poco, de comunicación ascendente y de participación.
Por ejemplo, no está o no lo hemos encontrado el mail de los concejales, para que puedan recibir correos de los ciudadanos de forma sencilla. Hay, eso sí, un formulario genérico, pero creemos que ese cauce es aún insuficiente.
Esta comunicación, lógicamente no sólo debería ser hacia los concejales del equipo de gobierno, sino que también debería abarcar a los de la oposición.
La otra pata esencial para que la página web sea realmente de utilidad es que sirva para realizar directamente muchos de los trámites municipales y no sólo para descargar impresos.
Por ejemplo, petición de licencias y permisos de apertura, registros, peticiones, solicitudes, pago de todo tipo de impuestos y contribuciones, acceso a información pública, solicitudes de empleo, compra de entradas para los espectáculos municipales, etc. El objetivo debe ser, del mismo modo que lo están haciendo otros muchos Ayuntamientos de España, que la página web sirva para resolver y facilitar los trámites que los vecinos tienen que realizar. Todo esto llevará su tiempo, pero ese es el camino a recorrer.
Hay que tener en cuenta que la página está accesible a cualquier persona que tenga acceso a Internet, con lo que la facilidad de comunicación se ampliará de facto a todos los bejaranos que residen en otras ciudades, pero que siguen interesados en mantener el contacto con la ciudad que les vio nacer.
Nos parece una excelente iniciativa la creación de una plaza para la gestión y mantenimiento de la web. Una página web funciona si está viva y está viva si se mantiene. En ese sentido el propio Ayuntamiento debería publicar cuáles son sus compromisos de servicio: plazo para la contestación de mails y formularios, respuesta a peticiones y solicitudes, etc., y por supuesto cumplir los compromisos.
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Dado que el ayuntamiento oculta informacion en su pagina web de los puestos de trabajo ofertados por el propio Ayuntamiento. Ojo el plazo termina el miercoles. Parece ser que en la página solo se anuncia lo que el grupo de gobierno quiere y no lo que puede interesar al ciudadano.
ANUNCIO
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 20 de febrero de 2008, se aprobó la contratación de una plaza denominada Técnico Especialista de Informática, de régimen laboral temporal, la cual se convoca mediante oposición.
Asimismo, se adjunta las bases reguladores de las pruebas selectivas:
BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN/A TÉCNICO ESPECIALISTA INFORMÁTICA
PRIMERA.- Es objeto de la presente convocatoria, la selección de un Técnico Especialista de Informática, para el desempeño de las siguientes funciones: Reparación de equipos informáticos, conocimientos en entonos Windows y Linux, Instalación y configuración de aplicaciones informáticas, Instalación y mantenimiento de Redes LAN, WIFI, Conocimientos básicos en configuración de Routers y Switch. Capacidad de organización y de trabajo en equipo.
SEGUNDO.- La contratación será laboral, por un período máximo de seis meses prorrogables. Las retribuciones serán las establecidas en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de oficinas y despachos, perteneciente al grupo C.
TERCERO.- Los interesados en tomar parte de la presente convocatoria deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Ser español o estar incurso en alguno de los supuestos previstos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones para las que se contrata.
d) Estar en posesión del Título de FP Grado Superior en Informática (Administración de sistemas informáticos o Desarrollo de Aplicaciones informáticas).
CUARTA.- La selección consistirá en la realización de un ejercicio propuesto por el Tribunal y basado en las áreas de conocimiento recogidas en el Anexo I. Dicho ejercicio estará integrado por dos fases: una fase teórica y una fase práctica. Cada una de las fases serán calificadas de 0 a 10 puntos.
El resultado del ejercicio será el de la suma de los puntos obtenidos en ambas fases, debiendo obtener una calificación final mínima de 10 puntos para superar el ejercicio.
El tiempo de realización será de dos horas.
El lugar, fecha y hora para la realización de este ejercicio se expondrá en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, a ser posible junto a la lista de admitidos y excluidos.
QUINTA.- El Tribunal calificador estará integrado de la siguiente forma:
Presidente: D. Angel Vidal Martín, Interventor del Excmo. Ayto. de Béjar.
Vocales:
- D. Mateo González Sánchez, Ingeniero Técnico del Excmo. Ayto. de Béjar.
- D. Juan Carlos Martín Castillo, Profesor del Instituto Río Cuerpo de Hombre.
- D. Ángel Miguel Morín Ramos, Director del Centro de Adultos Mateo Hernández.
Secretario: D. Elena Martín Rodríguez.
SEXTA.- El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones y dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección.
El Tribunal constituido por un número impar de miembros que deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Para el caso de que los miembros del tribunal no se abstuvieran cuando proceda legalmente, los aspirantes podrán recusarlos en los términos contenidos en la citada Ley.
El Tribunal calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de Asesores Especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente del Tribunal.
SÉPTIMA.- Los interesados dirigirán sus instancias al Sr. Alcalde-Presidente, haciendo constar que reúnen todos los requisitos de la convocatoria, y se presentarán en el Registro General durante el plazo de 20 B.O.P. DE SALAMANCA JUEVES 6 DE MARZO DE 2008 • NÚM. 46 PÁGINA 29 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP.
OCTAVA.- Finalizado el plazo de presentación de instancias y comprobado que los aspirantes reúnen los requisitos necesarios para acceder a la convocatoria, el Sr. Alcalde aprobará la relación provisional de admitidos y excluidos, junto con la causa de exclusión, que se publicará en el Tablón municipal de Anuncios. Reclamaciones y subsanación de errores, en el plazo de 10 días. Las reclamaciones y subsanaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será publicada en la forma antes indicada. En el caso de que
no se presenten reclamaciones ni subsanaciones la lista provisional será elevada automáticamente a definitiva.
NOVENA-El aspirante propuesto presentará en el Ayuntamiento dentro del plazo de cinco días naturales desde que se haga pública su aprobación, los documentos acreditativos de la condiciones que para tomar parte en el procedimiento selectivo que se exigen en la base tercera, además de:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
b) Copia autenticada de la titulación exigida para la plaza.
c) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la funciona desempeñar.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Las fotocopias habrán de presentarse junto con los originales para su cotejo.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.
DÉCIMA -Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el interesado deberá firmar el contrato laboral en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificada la propuesta de contratación. Si no lo hiciera, perderá todos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido. El contrato de trabajo incluirá un período de pruebe de un mes.
UNDÉCIMA.- Las presentes bases y los sucesivos actos que requieran de publicidad, se anunciarán en el Tablón Municipal y en la página web municipal, únicamente en este último caso, a efectos informativos, de forma complementaria y no obligatoria para el Ayuntamiento.
DUODÉCIMA.- Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados con carácter potestativo recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir del día siguiente al de su publicación en el Tablón Municipal de Anuncios, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Disposición Adicional 14 de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que modifica el artículo 8 de la Ley 29/98, de 13 de julio. También podrán utilizarse, no obstante, otros recursos, si lo estimasen oportuno.
ANEXO I
1.- Administración avanzada de Sistema Operativo Suse Linux.
2.- Administración de entomos mixtos Windows y Linux.
3.- Lenguaje SQL.
4.- Administración y programación de base de datos relacionales Ingresil
y Oracle 9i.
5.- Javascript, HTML, y hojas de estilo CSS.
6.- Lenguaje XML.
7.- Programación JAVA (I). Fundamentos del lenguaje.
8.- Programación JAVA (II). Interfaces gráficas AWTy SWIHG.
9.- Programación JAVA (Ill). Acceso a base de datos con JDBC.
10.- Programación JAVA (IV). Desarrollo de aplicaciones Web dinámicas:
Applets, Serviet y JSP.
11.- Servidor de aplicaciones Tomcat. Instalación y configuración.
12.- Gestor de Contenidos Open CMS.
13.- Conocimientos básicos de Gestión de Administraciones Local.
14.- Protección Jurídica de los Programas de Ordenador.
15.- Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.
Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Salamanca, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa).
En Béjar, a 22 de febrero de 2008.- El Alcalde, Cipriano González Hernández.
Felicidades a este invitado, que en un ejercicio de responsabilidad
redactando este anuncio informa a los ciudadanos de lo que el Ayuntamiento oculta ¿Porque? ¿Acaso tiene la plaza otorgada? No tiene solución el dedo. Fredi
Creo que esta oferta de trabajo es interesante, aunque el plazo ya es pequeño creo que esto merece una noticia en su periodico digital para dar la mayor difusion posible a este puesto de trabajo.
Estamos en la era Di-gi-tal o sea (dedo)....y... a buen entendedor......
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