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Alegación de El Grupo San Gil al PGOU de Bejar: "El Equipo de gobierno no ha compartido ni debatido el futuro de la ciudad"
ASUNTO. Alegaciones a la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Béjar
Urbano DOMÍNGUEZ GARRIDO, con DNI 8088351X y domicilio a efecto de notificaciones en el Apartado de Correos n° 71, 37700 Béjar (Salamanca), en nombre y representación del Grupo Cultural "San Gil" de Béjar, en ejercicio de los derechos a la acción pública reconocidos en materias de patrimonio cultural y de urbanismo, por las legislaciones comunitaria, española y de Castilla y León, comparece en tiempo y forma en el trámite de información pública de la Revisión del PGOU, para formular Alegaciones y Propuestas que siguen.
ALEGACIONES
Es posible que el equipo de gobierno tenga una idea acerca del futuro de la ciudad, pero no la ha compartido ni debatido con los bejaranos, a quienes jamás se ha consultado sobre el lugar en el que viven ni sobre cómo desean que éste evolucione. Es más, constatamos que no se han hecho llegar a la ciudadanía los objetivos y características del planeamiento a Revisión, en cuya elaboración tampoco han sido llamados a participar.
Aunque no queda en absoluto claro cuáles son las partes del documento que se pueden alegar en este trámite, hay faltas de concreción que afectan a todo el Plan y, por supuesto, a las partes concretas que se hayan modificado en la última aprobación por el Pleno Municipal.
Como se indica más abajo, en la Ordenación siguen primando los intereses privados del sector inmobiliario frente al interés general. Tampoco parece que la Revisión sea el instrumento de intervención adecuado para el momento de crisis general actual, ni el que requiere una ciudad en evidente proceso de despoblamiento. Finalmente, la ordenación aprobada inicialmente atenta contra el patrimonio natural del municipio y no protege en absoluto su valioso patrimonio histórico, que constituyen los dos mejores activos para la revitalización económica de Béjar.
Como ciudadanos activos, preocupados por el futuro de la ciudad, hacemos constar nuestro
desacuerdo con la totalidad de la Revisión aprobada inicialmente, como se argumenta a continuación
1. ASPECTOS GENERALES. DEFICIENCIAS CONCEPTUALES Y FORMALES DE LA REVISIÓN DEL PGOU
No se han corregido defectos y erratas de buena parte de los diferentes documentos que, en lo esencial ya estuvieron a información pública en varias ocasiones desde 1996, que ya fueron puestos de manifiesto en ese año y en 2006, 2008 y 2010 por este Grupo y por numerosos ciudadanos. Así, la documentación expuesta a información pública contiene numerosas erratas, errores en datos básicos y contradicciones entre propuestas y objetivos que, en su conjunto, exigen su sustitución para que, además de proporcionar una información cabal a los ciudadanos, constituya una herramienta de gestión clara y ágil. De un período de información para otro lo más frecuente han sido los cambios de designaciones y calificaciones de elementos significativos del suelo respecto del documentos anteriores, lo cual hace muy difícil la tarea de conocer qué es lo que se ha cambiado realmente en esta
última pasada.
1.1. SOBRE LOS OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTO
Los objetivos "concretos" del Planeamiento, se definen como cuatro en la Memoria Vinculante como cinco en el Documento de Análisis y Diagnóstico ¿Cuántos son en realidad?
Respecto del objetivo de recuperación de la centralidad del Casco Urbano, la forma en la que se desarrolla el Planeamiento, que crea nuevas parcelas de Suelo Urbano y Urbanizable y legaliza construcciones ilegales al este y al oeste de la ciudad, está contribuyendo a un alargamiento desmesurado del casco urbano, en nada contribuye a aumentar su centralidad. Por otra parte, la dotación desmesurada de suelo para nuevas edificaciones se hace a expensas del suelo rústico y natural, lo que entra en colisión con el objetivo de protección de los valores naturales que se declara.
Hay que señalar que el objetivo de incorporar al proceso urbanístico todas las construcciones irregulares, nunca debiera aparecer en un Plan que pretenda ordenar y hacer compatible la actividad urbanística con la legislación. Empleando eufemismos, se ha enmascarado que en realidad se trata de legalizar lo ilegalizable. Las Leyes del Suelo y de Urbanismo son muy claras respecto de lo que se puede hacer con las edificaciones ilegales y en este objetivo de planeamiento se pretende, simplemente, conculcarlas. Por otra parte, al haber añadido que se refiere a “todas”, parece que se dará carta de naturaleza de modo gratuito a despropósitos que en nada contribuyen a hacer un Béjar mejor y, por otra parte, que se está poniendo en evidencia la esperanza de que otras amnistías como ésta se aprueben en el futuro.
Finalmente, mientras se dota nuevo suelo para edificar con gran prodigalidad, no se prevén medidas económicas efectivas para la recuperación del casco histórico (véase más adelante), en avanzado estado de despoblamiento y abandono. Esa recuperación no es, curiosamente, un objetivo del planeamiento.
Para el beneficio de un entramado inmobiliario puramente especulativo, se comprometen seriamente las posibilidades de futuro de la ciudad. Es por ello por lo que, aunque el PGOU vigente tiene capacidad para más del doble de la población actual de Béjar, se planean nuevos desarrollos que en conjunto, y en una estimación conservadora, podrían dar alojamiento a unos 50.000 habitantes.
Creemos necesaria una nueva definición de objetivos claros y acompañados de medidas sensatas
para su cumplimiento, así como el establecimiento de unas prioridades entre ellos, de manera que el ciudadano sepa claramente lo que se pretende hacer, cosa que no permite la documentación ahora presentada.
1.2. POBLACIÓN Y VIVIENDAS
Las referencias que se hacen a la población de Béjar (no hay un solo dato de la comarca) adolecen de falta de homogeneidad y de actualidad. No es de recibo que los últimos datos de población sean de 2007 en un documento aprobado en 2014.
Aunque se reconoce que la tendencia a la baja de población no tiene visos de cambiar, ello no es óbice para que se pongan esperanzas en factores no cuantificados y que se planifique para un techo de población de 33.254 habitantes. Señores, siguiendo la tendencia actual habría que planificar para menos habitantes de los que hay en 2013, 13748 por cierto, y no para más del doble de esa cifra.
El hablar del número de viviendas actual, sin precisar su uso y cuantas están vacías, no tiene que ver con planificar sino que son ganas de engañar al personal. El Ayuntamiento y el equipo redactor tienen datos fehacientes de cómo ha evolucionado parque de viviendas en los últimos años, con un incremento notable de las viviendas vacías debido no sólo al abandono de residencias en el casco histórico sino también al aumento de las nuevas viviendas que no se ocupan ni ocuparán previsiblemente en un futuro próximo. El seguir destruyendo patrimonio natural e histórico para construir barrios vacíos que, sin embargo, exigirán una dotación completa de equipamientos y servicios, es sencillamente un despropósito. Aquí parece que no ha llegado la noticia de que ha estallado la burbuja inmobiliaria ni se sabe que el sector de la construcción está bajo mínimos desde hace años y no apunta su recuperación, por lo que algunos expertos han llegado a proponer la demolición de viviendas ya construidas.
Para el beneficio de un entramado inmobiliario puramente especulativo, se comprometen seriamente las posibilidades de futuro de la ciudad. Es por ello por lo que, aunque el PGOU vigente tiene capacidad para más del doble de la población actual de Béjar, se planean nuevos desarrollos que en conjunto, y en una estimación conservadora, podrían dar alojamiento a unos 50.000 habitantes.
2. PROPUESTAS DE COMPACTACIÓN Y DE EXTENSIÓN DE LA CIUDAD
2.1. COMPACTACIÓN Y ALARGAMIENTO DEL CASCO URBANO
Los objetivos de las Unidades de Normalización, que podrían ser loables en cuanto a permitir la ocupación de espacios degradados de borde de núcleo, no lo son tanto cuando se ocupan de rellenar con las máximas densidades permitidas espacios libres públicos o privados, como jardines y huertas, en algunos casos con una importante afección al patrimonio cultural. ¿Por qué la Normalización no se aplica en el casco urbano a reducir densidades y a crear espacios libres o determinados equipamientos de los que se carece?
El casco urbano sigue alargándose con actuaciones periféricas, en los extremos Este y Oeste de la ciudad, en contra de objetivos de planeamiento manifestados expresamente, así como la compactación de la edificación a lo largo de la antigua Carretera Nacional 630, desde el límite con Vistahermosa hasta La Gloria.
2.2. LA TRANSFORMACIÓN DEL VALLE DE HUERTAS
El asentamiento de Béjar en lo alto de un cerro alargado, situado entre dos valles fluviales, es un rasgo propio que confiere a la población personalidad y belleza en medio del paisaje. Al igual que una escultura se define en el espacio no sólo por sus volúmenes sino también por los huecos que la envuelven, una ciudad histórica ha de ser considerada juntamente con las áreas libres de edificación que la realzan. Esto es lo que sucede con los valles mencionados: el del río Cuerpo de Hombre al Norte y el del Arroyo de Gibraherrero (también llamado de los Moros o de San Nicolás) por el Sur, propiamente denominado Valle de las Huertas desde tiempo inmemorial. En la Revisión se concede un régimen de protección (escasamente argumentado y sin unas condiciones precisas) al valle encajado del río Cuerpo de Hombre en su tramo al Norte de la ciudad (Cuestas del Río y ladera en solana hasta la carretera de Ciudad Rodrigo), una protección que se niega al valle de Huertas en la parte contraria.
El seguir destruyendo patrimonio natural e histórico para construir barrios vacíos que, sin embargo, exigirán una dotación completa de equipamientos y servicios, es sencillamente un despropósito
Del tradicional Valle de las Huertas, que comenzaba en la Corredera (en las inmediaciones del Parque Municipal y del antiguo acueducto) y se prolonga hasta casi Puente Seca y Los Picozos (cerca de la fábrica textil de Francisco Gómez-Rodulfo), ya ha dado buena cuenta el conjunto de urbanizaciones disparatadas y desproporcionadas que lo ocupan más allá de la travesía de Santa Ana. La Revisión en curso pretende consolidar esta ocupación en su totalidad, por medio de un nuevo polígono, el SUNC11.
Este pequeño valle, donde probablemente estuvo asentada la primitiva población bejarana en torno a la ermita de Nuestra Señora de las Huertas (de ahí la necesidad, también, de una protección arqueológica en sus proximidades), constituye uno de los elementos que han caracterizado a Béjar desde la época medieval, junto con el valle del río Cuerpo de Hombre y las solanas de viñedo, abancaladas al estilo de catalanes y florentinos en la parte Norte de la ciudad. La "Vista de Béjar" pintada en 1727 por el artista veronés Ventura Lirios deja pocas dudas acerca del papel del Valle de las Huertas en la definición del paisaje histórico de Béjar en su parte meridional. Se trata de una franja de depósitos aluviales, que se encuentra dividido en pequeñas propiedades, tradicionalmente dedicadas a huertos de frutales, verduras y hortalizas y a herrenales y prados. Buena parte de estas propiedades se siguen cultivando en la actualidad y ponen de manifiesto ante los visitantes el carácter complementario de la relación urbe-agro, base de la sostenibilidad de la vida bejarana durante gran parte de su pasado.
La vista de los huertos a los pies de las murallas constituye un libro abierto a la historia, tan valioso como un incunable, que aún puede leerse y que desaparecería de ocuparse el Valle de las Huertas por nuevas edificaciones. Según lo dicho, este valle constituye un espacio cuya conservación, compatibilizada con un tipo de edificación de muy baja densidad, definida fundamentalmente como "huertos de ocio" con algunas casas de campo aisladas, debería ser una prioridad en el planeamiento urbano de Béjar, evitando al tiempo el despilfarro que supone destinar a edificaciones parte del poco suelo fértil y apto para el cultivo hortícola que puede encontrarse en el término municipal.
En contra de la urbanización del valle de Huertas ya alegó el Grupo Cultural San Gil” en agosto de 1993, con motivo de la primera Revisión general del PGOU de Béjar. Lo que entonces se pedía, y ahora se mantiene, es que el valle de Huertas se proteja como zona verde y de cultivo, con posibilidad de ubicar en ella “Huertos Familiares de Ocio” para uso y disfrute de los ciudadanos, dejando sin efecto las previsiones del SUNC11 y declarándolo Suelo Rústico.
3. AFECCIONES AL PATRIMONIO HISTÓRICO
3.1. AFECCIONES SOBRE EL BIC. CONJUNTO HISTÓRICO-ARTÍSTICO DE BÉJAR Y SU ENTORNO DE PROTECCIÓN
La Revisión sobrevalora la incidencia positiva del programa ARCH y otras iniciativas públicas y privadas que se desarrollan en el BIC. Conjunto Histórico de Béjar, aplicadas sin criterios históricos mínimamente contrastados, haciendo caso omiso de la bibliografía y documentación disponibles, con escaso conocimiento técnico de las constantes materiales, arquitectónicas y tipológicas locales y bajo una interpretación muy laxa del instrumento de planeamiento para dicho ámbito (el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico-Artístico de Béjar -en adelante, PECH-, vigente desde 1996), cuando no frontalmente en contra de su normativa. Esto se aprecia en la demolición improcedente del Palacio de Pizarro, el derribo y sustitución de la Judería de Barrionuevo, el derribo y recrecido del Teatro Cervantes, etc. Además, se debe denunciar la permisividad de las administraciones local y regional ante la ruina inducida por los propietarios de los edificios del BIC.
Con ser graves tales acciones y omisiones -inadecuadas a los valores del BIC. o directamente destructivas de sus componentes-, la verdadera ruina del Conjunto Histórico se debe al abandono por parte de sus habitantes a lo largo de más de veinticinco años, que lo ha transformado en un lugar deshabitado. Se trata de un fenómeno frecuente en nuestro país, perfectamente estudiado por los expertos y que cuenta, pues, con excelentes diagnósticos que en Béjar se cumplen exactamente (vid., entre otros, M. A. CASTILLO OREJA, ed., Centros Históricos y conservación del patrimonio, 1999 y Ciudades Históricas: conservación y desarrollo, 2000, con nueva bibliografía sobre el tema). Entre los diversos factores que contribuyen al abandono de cascos antiguos como el de Béjar está la oferta de vivienda nueva en desarrollos periféricos del núcleo habitados. Sin una política decidida que contribuya a contrarrestar esta tendencia, el resultado sólo puede ser el vaciamiento y la ruina del casco antiguo, declarado BIC-Conjunto Histórico y, por tanto, de prioritaria conservación.
El PGOU deberá de optar por una u otra política: o potenciar la recuperación del casco antiguo, poniendo coto al espectacular aumento del suelo para edificar que se propone y eliminando los nuevos desarrollos periféricos, o dictar sentencia de muerte para el Conjunto Histórico manteniéndolos.
Consideramos que en una población con índices tan regresivos como los de Béjar, tanto en la cantidad como en la estructura de sus efectivos, la demanda de suelo para segunda residencia queda más que satisfecha con las dotaciones existentes. Puesto que el PGOU ha de servir a los intereses generales de la población y no a los particulares del negocio inmobiliario, habría que suprimir del planeamiento los nuevos desarrollos periféricos para que buena parte de la actividad edificadora se concentre en la prioritaria recuperación, del BIC-Conjunto Histórico de Béjar, opción que se pide formalmente desde esta asociación.
3.2. AFECCIONES SOBRE EL BIC. JARDÍN HISTÓRICO “EL BOSQUE” DE BÉJAR Y SU ENTORNO DE PROTECCIÓN
Desde la aprobación del instrumento normativo y de intervención denominado Plan Director de “El Bosque” (en adelante, PDEB, aprobado en 1 de marzo de 2001 y vigente por Resolución de 13-06-2002, BOCyL de 20-06-2002), toda previsión y actuación urbanística en este BIC-Jardín Histórico y en su Entorno de Protección se rigen por él, de modo que el planeamiento urbanístico en lo que respecta a este BIC viene condicionado por el PDEB, un hecho que no ha sido tenido en cuenta en el presente documento de la Revisión en todas sus consecuencias.
Por una parte, el planeamiento reconoce los valores del BIC. al incluirlo -como no podía ser de otra forma- en el Catálogo. Sin embargo, la previsión del PGOU para los terrenos colindantes con “El Bosque”, como el SUR 4 “El Jardín”, resulta contraria a su adecuada protección porque mantiene una concepción del BIC y de su Entorno que data de 1995, ya superada por el PDEB y asumida por el Órgano competente tras el informe favorable de la Comisión Territorial de Patrimonio de XX de octubre de 1999 (sobre solicitud de nueva delimitación del BIC, y de su Entorno presentada por nuestra asociación) y en documentos mucho más recientes:
“Debería entenderse por tanto, que dicho Plan (el PDEB) establecería las bases legales definitivas para la protección y puesta en valor de este Bien de Interés Cultural en su conjunto, debiendo basarse en sus fundamentos y principios cualquier actuación que se plantee”
(Informe de la Comisión Territorial de Patrimonio de Salamanca de 19 de mayo de 2006, p. 15).
La definición del BIC en el PDEB es la siguiente:
-La finca denominada El Jardín de Bosque
-La finca denominada El Monte del Bosque
-La finca denominada Prado Alto del Bosque
-La finca denominada Prado Bajo del Bosque
-El curso de agua denominado Regadera del Bosque”.
(PDEB, Vol. V, pp 251-254)
Pero también su Entorno de Protección queda debidamente justificado y establecido en el Plan Director:
“Dadas las presiones urbanísticas que se han producido y producirán en el entorno inmediato y cercano de El Bosque, con todos los problemas de agresión y “colisión” acaecidos, y los impactos visuales y paisajísticos de diversas edificaciones en las laderas próximas de la Sierra y el Castañar, se estima pertinente considerar una ampliación del actual entorno de protección (...). Éste deberá abarcar el ámbito forestal de Monte Mario y una franja exterior a la cerca en el resto del perímetro de anchura variable, según casos, de 50 a 500 metros o más, que atienda de manera específica a las muy diversas situaciones que se plantean.
Se debería proteger todo el perímetro de edificaciones adosadas o próximas. En todo caso, éstas no deberán disonantes, regulando y controlando sus acabados e imagen y con escalas en correspondencia a la que plantea la propia cerca, es decir, de pequeña escala y no agrupadas en formaciones continuas” (PDEB, Vol. V, pp 251-254)
En consecuencia, el PGOU debe adaptarse a las determinaciones del PDEB en lo que respecta al BIC. y a su Entorno de Protección y asumir las limitaciones a la edificación establecidas por dicho documento, coherentes con las que se contienen en la LPHE y en la LPCCyL (artículos expresamente incorporados a la ficha de “El Bosque” en la presente Revisión del PGOU que deben aplicarse al verdadero Entorno de Protección del BIC. y no al de 1995), por lo que no tiene sentido el desarrollo del SUR4, El Jardín, en los términos previstos.
3.2. AFECCIONES SOBRE EL PATRIMONIO INDUSTRIAL
Sobre el significado y la protección del Patrimonio Industrial de Béjar, el Grupo San Gil asume lo que se dice en los artículos de Urbano Domínguez en la Revista de Estudios Bejaranos: “El patrimonio industrial de Béjar. Antecedentes, protección legal, situación actual y perspectivas de futuro”, nº 10, pp 35- 50, (2006); “La protección de los edificios del patrimonio industrial de Béjar: el Inventario de industrias textiles y la Revisión de 2009 del PGOU de Béjar”, nº 13, pp 109-128 (2009).
3.2.1. La protección integrada del patrimonio industrial
El valioso Patrimonio Industrial bejarano, está hoy más necesitado que nunca de una protección específica, con detalles concretos de protección incorporados al Catálogo, y con criterios restrictivos de intervención. Es necesario que se detenga la cadena de derribos que se vienen sucediendo desde que dio comienzo el siglo XXI: el Tinte del Duque (obra del siglo XVI), la nave de Pablo Farrás y otras junto al Puente Nuevo, la chimenea de Patricio Hernández Agero (hoy Cejuela) y, más recientemente, las naves de MATSA y la fábrica de Faure.
Quizás como muestra de la falta de interés por el patrimonio industrial de redactores y munícipes, no se tiene en cuenta el Inventario de Industrias Textiles de Béjar, elaborado en 2003 para el Instituto del Patrimonio Histórico Español (IPHE) para la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura por Mª del Carmen León Pérez (coordinadora de un estudio previo, elaborado en 2001) y Joaquín Pérez García. El documento constituye el primer paso en el proceso de declaración de este importante Patrimonio dentro de los Bienes Culturales españoles y contiene un estudio pormenorizado y una valoración de los diferentes elementos, que deben guiar cualquier consideración al respecto que pueda hacerse en la presente Revisión del PGOU. Por tratarse de grados equivalentes, proponemos una correlación entre los tres niveles de interés que adjudica el Inventario a cada fábrica o conjunto fabril: Alto (A), Medio (M) y Bajo (B), con los tres niveles de protección propuestos por el PGOU: Protección Integral (PI), Protección Estructural (PE) y Protección Ambiental (PA), respectivamente.
De los edificios industriales incluidos en el Catálogo, ninguno tiene Protección Integral y sólo la Thesa (ficha 50) tiene protección estructural y ya estaba demolida cuando el Pleno Municipal aprobó la Revisión. Las restantesinstalaciones solamente tienen Protección Ambiental y quedan listas para el derribo según las Normas del Catálogo.
Si se hubiesen querido preservar los edificios industriales se podría haber pensado para ellos en usos dotacionales o haber introducido alguna medida cautelar para su uso residencial, por ejemplo impidiendo las demoliciones, cosa que no aparece expresamente prohibida para los edificios industriales con algún tipo protección. No habiéndose hecho ni lo uno ni lo otro, cabe suponer que el desarrollo de las intervenciones seguirá el modelo ya utilizado de convenio con el Ayuntamiento para la modificación puntual del Plan con aumento de densidades, con lo que esta Revisión pasaría a ser, en lo referente a la conservación del patrimonio industrial, papel mojado.
Tampoco son de recibo tampoco las previsiones sobre lo que fue la antigua fábrica de Cascón en la calle Colón 12 a 16 (ficha 54), que erróneamente se clasifica como edificio residencial. Las fotos incluidas son anteriores a una intervención que afectó a la mitad del edificio, con proyecto aprobado y con licencia de ocupación desde hace varios años. La ficha dice que “se han mantenido las fachadas”, lo que es falso, ya que la de mediodía se derribó y la de norte se modificó sustancialmente con la apertura de una gran portada adintelada y con un recrecimiento que dejó la cornisa de coronación a media altura. Véanse fotos de la obra en “La protección de los edificios del patrimonio industrial de Béjar: el Inventario de industrias textiles y la Revisión de 2009 del PGOU de Béjar”, Estudios Bejaranos, nº 13, pag 126 (2009). Para terminar el relato de despropósitos de la ficha del Catálogo, se habla de “mantener la composición y ritmo de los huecos de fachada”, sin aclarar si lo antiguo debe de adaptarse a lo nuevo o viceversa, ya que en términos de composición y ritmo son totalmente disonantes.
3.2.2. Conjunto fabril de Patricio Hernández Agero (Cejuela), en SUNC16
La ordenación prevista en este sector, muestra nítidamente el peor destino posible para el Patrimonio Industrial de Béjar: su desaparición definitiva, sustituido por bloques de viviendas que la ciudad no necesita. Se autoriza el derribo de un Patrimonio único resultado de varios siglos de historia, con grandes posibilidades de uso, a cambio de más ladrillo y cemento. Mal negocio para Béjar y muy bueno para su propietario.
La antigüedad y representatividad de los edificios industriales existentes en el SUNC 16 viene atestiguada por documentos de la Real Chancillería de Valladolid y otros archivos en lo referente a las propiedades de la familia Hernández Bueno (con antecedentes en el siglo XVIII). Todos estos edificios son valorados en el Inventario de Industrias Textiles de Béjar (2003) como de interés A (Alto), por lo que no se debe autorizar su derribo, tanto por su propio valor como por ser parte del conjunto del Patrimonio Industrial ribereño (así se hizo constar en nuestra alegación a la Revisión del PGOU de 2002).
La legislación urbanística cuenta con mecanismos de compensación si tal prohibición de derribo pudiera lesionar supuestos derechos legítimos, pero lo cierto es que este conjunto de naves podría dedicarse a usos residenciales o de otro tipo, igualmente lucrativos para su propietario actual con un poco de imaginación y buena voluntad, la misma buena voluntad que los bejaranos echamos en falta cuando el mismo propietario derribó la chimenea de ladrillo de uno de sus edificios, en febrero de 2006.
Solicitamos la supresión del SUNC 16 tal y como se desarrolla en el Anexo, por ser contraria a los objetivos “concretos” de la Revisión del PGOU en curso y asimismo la inclusión en el Catálogo del PGOU de todos los edificios industriales inventariados y valorados en el Inventario… (2003) del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de autorizar un aprovechamiento residencial o de otra índole a su propietario mientras se conserven las características de los edificios conforme a su valor y consecuente grado de protección.
3.2.3. Naves industriales incluidas en la UN19
Según las condiciones de esta Unidad, se admite el derribo y sustitución de dichas naves por bloques de viviendas (Residencial en manzana cerrada y Residencial Mixto), en terrenos colindantes con el BIC. Conjunto Histórico y dentro de un espacio intramuros, con restos de la muralla medieval e incluyendo el Jardín de los Laureles, que deberían incluirse en la delimitación del BIC.
Por lo que respecta al Patrimonio Industrial, las naves existentes en esta manzana y su correspondiente valoración en el Inventario de Industrias Textiles de Béjar (2004) son las siguientes:
1. Fábrica de Juan Muñoz García (ficha 27, interés A, Alto). En el Inventario se incluye esta fábrica entre los “conjuntos industriales de mayor interés que requieren una pronta intervención por el riesgo deterioro o desaparición dado su abandono” (Vol. 1, p. 16).
2. Antigua fábrica de Manuel Bruno Fraile (ficha 136, interés M, Medio). En el Inventario se recomienda su protección por su valor testimonial. Fundada en 1860.
3. Antigua fábrica de Hijos de Rafael Díaz (ficha 130, interés M, Medio). En el Inventario se recomienda su protección por su valor testimonial. Fundada en 1837.
Además de estas naves, presenta gran interés y no debería ser demolida la Fábrica de Botones de Emilio Muñoz (situada entre las calles 28 de septiembre y Travesía del Rollo), no incluida en el Inventario por tratarse de una industria no textil, pero igualmente valiosa como ejemplo de arquitectura industrial racionalista muy poco representada en Béjar.
Lo más indigno de esta UN 19 es que, además de arrasar edificios industriales de gran valor, se justifica diciendo que su objetivo es poner en valor la muralla Por todo ello, solicitamos la eliminación de la UN 19 del planeamiento sometido a Revisión, la incorporación del espacio intramuros de esta manzana en el BIC-Conjunto Histórico de Béjar y del resto en el preceptivo Entorno de Protección, así como la adecuada catalogación de las naves industriales existentes conforme a su valor e interés.
Así pues, en virtud del valor de este importante legado industrial (reconocido por diversos órganos con competencias en Patrimonio), nuestra asociación solicita la incorporación de todos los edificios del Inventario… del Ministerio de Cultura (2003) dentro del Catálogo del PGOU, con niveles de protección proporcionales y no menores al interés que en dicho Inventario se les adjudica. Además, reiteramos nuestra solicitud de 2002 sobre el tratamiento que este Patrimonio debe recibir como “territorio museo” juntamente con el hábitat de ribera en el que se encuentra (expresamente protegido por la Directiva de Hábitats de la UE).
Por todo ello se formulan las siguientes PROPUESTAS:
Primera. Que se reelabore toda la documentación corrigiendo defectos y omisiones indicados, que se redefinan los objetivos de planeamiento, y que se someta un nuevo texto a la consideración del Pleno y a la información pública. En particular, deben formularse nuevas propuestas que adecuen de la oferta de suelo a la situación actual y a la evolución previsible, a la baja, de la población de Béjar.
Segunda. Que se reconsidere el Planeamiento en lo referente a las afecciones a elementos valiosos del patrimonio industrial y natural, y a la conveniencia de adecuar las densidades previstas en cada una de las actuaciones para una población en declive. En particular, que se reviertan a Suelo Rústico el SUR2, La Condesa, y el SUNC11, y que en las intervenciones en SUR4, El Jardín, se bajen las densidades y que las edificaciones se adecuen a lo establecido en el Plan Director de El Bosque”.
Tercera. Que se reconsideren las actuaciones en Suelo Urbano y en Suelo Urbanizable, dando prioridad a criterios de protección, conservación, rehabilitación y puesta en valor como se establece en la LPHE, LPCCYL y en los instrumentos específicos como son el PPCH, el Plan Director de “El Bosque” de Béjar y su Entorno, y el Inventario de Fábricas Textiles de Béjar.
Cuarta. Que se amplíe el Catálogo de edificios del Patrimonio Industrial y se incorporen al Planeamiento medidas concretas y efectivas de protección, sin dejar al criterio del técnico de turno la autorización de intervenciones expoliadoras. En particular, se rechazan las propuestas incluidas en la Revisión, de intervenciones en SUNC 16 y en UN 19.
SOLICITA
Que se tengan por presentadas estas alegaciones y propuestas y se atiendan en lo referente a la reelaboración de los documentos de la Revisión según lo indicado en el texto, para ser sometidos posteriormente al Pleno Municipal y al trámite de información pública y alegaciones ciudadanas.
Es justicia que se pide en Béjar, a seis de abril de 2014.
SR. ALCALDE- PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BÉJAR
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Como se puede observar por el texto amplio y bien documentado escrito de alegaciones presentadas por el Grupo Cultural San Gil, al Plan General de Ordenación Urbana en la ciudad de Béjar, este grupo continúa con su incansable actitud de velar por los intereses de Béjar y sus ciudadanos, muy a pesar de la nefasta gestión que se viene observando desde el Consistorio, e incluso, desde algunos sectores de ciudadanos que critican e insultan a los miembros de este colectivo cultural.
Veremos si a partir de hacer publicas estas alegaciones, la mentalidad y el apoyo incondicional de San Gil en defensa de todos los ciudadanos bejaranos se hace más patente, y así todos saldríamos ganando.
podriais recoger firmar para las alegaciones al PGOU desde este sitio?
seguro que saldrian bastantes.
¡A buenas horas, mangas verdes! están cerrados todos los plazos para presentar alegaciones.
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