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"Habeas Corpus" sigue manteniendo que Riñones violó la ley favoreciendo a la familia de su abogado
- La asociación Habeas Corpus mantiene que la actuación del Sr Alcalde fue presuntamente delictiva favoreciendo a la familia de su abogado y perjudicando el interés general.
- Habeas Corpus considera que el Alcalde es responsable, por un lado, de que el Ayuntamiento no haya exigido el cumplimiento de la Ley a los propietarios, quienes están obligados a demoler el edificio y retranquear el cerramiento a la alineación oficial, sufragando, además, proyecto y licencias; y por otro, de haber pagado los gastos con dinero público.
Nota de prensa de Habeas Corpus
Al hilo de las declaraciones de Alejo Riñones (sin respetar ni esperar, como habría sido más prudente, a la finalización de las diligencias previas y al propio juicio penal, como querellado-investigado por presunta prevaricación y malversación de caudales públicos), en el procedimiento abreviado 619/2015, a instancias de la Asociación pro Derechos del Ciudadano y contra la Corrupción “Habeas Corpus”) por presunta prevaricación y malversación de caudales públicos, esta Asociación quiere poner de manifiesto ante la opinión pública lo siguiente:
- Que “Habeas Corpus” en ningún momento ha estado, ni está, en contra de que el Ayuntamiento resuelva los problemas de la ciudad; sino, todo lo contrario, estamos a favor de que se resuelvan, pero siempre dentro del marco de la Ley y sin privilegios para particulares en detrimento del dinero de todos, porque no puede haber otra manera de resolverlos.
- Que lo que denuncia esta Asociación es un posible trato de favor a la familia del abogado del Sr. Riñones, vulnerando, supuestamente, la Ley, ya que se aparta del procedimiento legal y, además, utilizando para ello el dinero del Ayuntamiento (que es el dinero de todos) y no el de los propietarios de la casa en ruinas a la entrada de la calle de El Pino, tal y como marca la Ley.
Nuestra denuncia, sobre un acto reglado, señala una actuación municipal contraria a derecho y que perjudica a todos. El Sr. Riñones, por su parte, se inventa una “causa general”, para justificar lo injustificable, que resuelve perdonando sus obligaciones a los propietarios de la casa en ruinas y cargando al Ayuntamiento con los gastos.
El Alcalde es responsable, por un lado, de que el Ayuntamiento no haya exigido el cumplimiento de la Ley a los propietarios, quienes están obligados a demoler el edificio y retranquear el cerramiento a la alineación oficial, sufragando, además, proyecto y licencias; y por otro, de haber pagado los gastos con dinero público y no recibir el espacio público que, por Ley, se debe ceder. En sus declaraciones, para justificar su actuación, se inventa un problema inexistente, intentando hacer que parezca un éxito de gestión, cuando, en realidad estamos ante un posible hecho delictivo: prevaricación y malversación.
- Que, sin ánimo de interferir en la acción de la justicia y ya que el Sr. Riñones da su propia versión de los hechos, queremos destacar algunas píldoras, o mentiras, en su declaración como querellado el pasado martes día 13 en los juzgados de Béjar (ya que legalmente puede mentir, puesto que no es testigo en la causa, sino investigado, lo que antes se llamaba imputado) que fue propia de un nuevo “Séneca”, dada su afición a emular a los clásicos latinos. Como cuando en un pleno municipal de 2015 recordó, a su modo, las palabras de Julio César, al que atribuyó la frase: “vine, vide vince, o sea”, dijo, “divide y vencerás”; chusca versión de cómo César describió al Senado romano su victoria sobre Farnaces II, rey del Ponto, tras lucha breve y rápida, con las palabras: “llegué, ví, vencí” (en latín, “veni, vidi, vici”).
El Sr. Alcalde declaró que se había retirado un edificio en ruinas para ampliar el paso de la calle, porque no podía pasar el camión de la basura (que lleva decenas de años realizando el servicio) y que ha urbanizado y ensanchado el vial en 27 m2, lo que no corresponde a la verdad, como es de público y general conocimiento. La realidad es que ha pagado, con el dinero de todos, el proyecto, la licencia, la demolición y el cerramiento a la familia de su abogado, eximiéndole además del obligado retranqueo y cesión de suelo de forma gratuita al Ayuntamiento de Béjar.
Justifica la urgente ejecución por parte del Ayuntamiento en el hecho de que había peligro para los escolares del colegio Nuestra señora del Castañar, a pesar de que esta obra está a 250 metros de distancia. La realidad es que se ha tardado tres años en ejecutar lo que él llama “urgente”, pues la primera denuncia data de 2011 y el problema del colegio se solucionó en 2012 con la cesión gratuita por parte de Valdepalacios, sociedad propietaria del solar contiguo al nº 8 de la calle Colón. Un argumento torticero, en el que utiliza unas justas reivindicaciones del colegio, que nunca atendió, hasta que Valdepalacios lo hizo, cediendo el espacio total de la calle como viario público y mirador, sufragando todos los gastos.
- Que asevera en su declaración ante el juez que el propietario de la casa en ruinas no está obligado a ceder nada, cuando la realidad es que el informe del Arquitecto Municipal de fecha 28 de agosto de 2012, determina, con arreglo a la Ley Urbanística, la obligación de demoler y retranquearse, así que es el propietario quien debe asumir el coste de todo el procedimiento. A preguntas de si uno de los miembros de la familia propietaria del inmueble en ruinas, es su abogado en otra causa penal contra él (procedimiento 726/2014, que se le sigue por presuntas injurias y calumnias) contesta diciendo que el Sr. Rafael Muñoz es abogado del Ayuntamiento, porque las declaraciones supuestamente calumniosas las hizo en una rueda de prensa como alcalde, no como persona privada, y por eso el abogado no es de él, sino del Ayuntamiento, que es quien le ha pagado.
La realidad es que su acción ilícita no lo realizó como alcalde, en un procedimiento o acto administrativo, sino en la esfera de lo privado, como persona física y miembro de un partido político, por lo que los honorarios del abogado han de ser atendidos por Don Alejo y no por todos los bejaranos. Esta cuestión puede suponer un nuevo delito de malversación, por lo que es un hecho que ya está siendo investigado por la Asociación “Habeas Corpus”.
- Que en estas declaraciones ante el juez finaliza, lo que es más sangrante, por echar toda la culpa de cualquier irregularidad y responsabilidad, por este orden, a la Secretaria, al Arquitecto Municipal y a los funcionarios que han tramitado el expediente, ya que dice que ni el Alcalde ni los concejales tramitan esto, para declarar acto seguido y sin inmutarse que como responsable del Ayuntamiento tiene el deber de velar por la legalidad en la actuación municipal y por eso es él quien ordena y autoriza los pagos.
La realidad, aunque insista en decir que no se ocupó del expediente ni encargó el informe, es que hizo caso omiso al informe emitido el 28 de agosto de 2012 por el Arquitecto Municipal, que advertía de las obligaciones y los incumplimientos del propietario del edificio en ruinas, lo que hubiera evitado la irregularidad cometida que motiva la causa. Reconoce, sin embargo, que en un caso similar en la calle Chorreras, las obras fueron a cargo de los propietarios, si bien pagaron los costes con la cesión-venta del solar, hoy propiedad del ayuntamiento y convertido en aparcamiento.
Con su amplia formación y conocimiento se atreve a declarar y afirmar que, para la demolición y ejecución de la obra no se necesita proyecto ni licencia, porque es una obra menor. Y añade que obra menor es la de coste inferior a 18.000 euros y eso lo puede decidir y acordar él directamente (“él” es el Alcalde). Así que la conclusión para todos los bejaranos puede ser buena, ya que, a partir de ahora, no necesitarán proyecto ni licencia para hacer obras de menos de 18.000 euros.
Lo expuesto, acrecienta la preocupación de esta Asociación acerca de las manos en que está la gestión política y administrativa de nuestra ciudad, que, ejercida de manera absolutista, no duda en descargar sus culpas en los funcionarios, si hace falta.
Las declaraciones de Don Alejo, han dado pie a que nosotros también expongamos nuestra versión, una opinión que nada tiene que ver con lo que resulte de la acción de la justicia, ante quien pondremos los hechos con objetividad, para que sean juzgados.
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lo que HABEAS CORPUS(El Sr. Montero y su vasallo) llaman comunicado, es una relación de falsedades, que sin duda derivan del resentimiento por los vapuleos judiciales que ha recibido y en los que he tenido la fortuna de intervenir. Yo no soy el abogado del Alcalde. Llevo asuntos a favor y en contra del Ayuntamiento como todos los abogados de la plaza. Los condueños del jardín de la calle Colón de Béjar atendimos la propuesta del Ayuntamiento de ceder el espacio suficiente para ampliar la Calle del Pino en la superficie necesaria para el paso de vehículos grandes como camiones de bomberos o de recogida de basura, para lo que era imprescindible el derribo de la esquina de la casa existente. Y desde luego no teníamos ninguna obligación de cesión de suelo, ni de retranqueo puesto que el plan especial iniciado a instancias del Sr. Montero, fue declarado nulo de pleno derecho por el Tribunal Superior de Justicia de Valladolid. Ese fue el primer varapalo que recibió , que, por lo que veo, sigue escociéndole. Mentir y difamar es fácil, pero las personas honradas no necesitan hacerlo.
RAFAEL MUÑOZ CASCON.
Rafael: para lo bueno y para lo malo, en la ciudad estrecha nos conocemos todos. Mi enhorabuena por tu necesaria aclaración.
Lo del señor Segade no tiene nombre......vaya personaje que estuvo al mando de la covatilla y asi acabo...
No es habitual, que dos letrados entren en polémica y discusión pública en prensa, y mucho menos sin que haya una sentencia de por medio, pero excepcionalmente voy a pronunciarme sobre la opinión de un compañero, yo también soy abogado, y he de hacer algunas rectificaciones al comentario de Rafa Muñoz, porque no obedecen a la realidad ni a la verdad.
Respecto al posible resentimiento por lo que tú llamas vapuleo judicial, nada más lejos de la realidad, tú sabes que te felicité por haber ganado ese pleito, pero ante testigos, también te dije que se lo habías ganado al Ayuntamiento, aunque yo fuera el perjudicado. El pleito al que te refieres lo interpusiste contra un acuerdo del Ayuntamiento por el que se aprobaba un Plan Especial, en base a que el solar de la Unidad de Ejecución P.E.R.I. Z-1, era suelo urbano consolidado y tú mantenías, en contra del criterio municipal, que era Urbano no consolidado ¡tú sabrás por qué!.
La propia sentencia dice que el Ayuntamiento, pese a haber sido demandado, no se ha personado en el juicio ¿sabes tú por qué, su no personación favoreció a tus intereses de entonces? También dice la sentencia, que se imponen las costas a la Administración (no a mí) por temeridad, al haber aprobado… Suelo del P.E.R.I. Z-1 como Suelo Urbano Consolidado (fundamento Sexto de la sentencia), cuando debía ser no consolidado.
Sigue diciendo la sentencia que, el Ayuntamiento no adaptó el planeamiento general, a la Ley del Suelo de Castilla y León, y que se han observado muchas irregularidades por parte del Ayuntamiento de Béjar (fundamento Tercero de la sentencia) que textualmente dice: “En cuanto a la primera, es una aprobación efectuada por un órgano incompetente, con arreglo al art. 123.1.i) de Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ya que es competencia del Pleno cuando la aprobación definitiva del instrumento de planeamiento corresponde a la Administración autonómica. Tanto en una como en otra se supone que se aprueba la nueva documentación presentada por la promotora del PERI en julio de 2008, en la que con claros dotes adivinatorios por parte de esta ya habían introducido las modificaciones derivadas de las alegaciones que se estiman en los acuerdos municipales posteriores mencionados. Más grave es aún el hecho de que parte sustancial del PERI no ha sido aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento de Béjar, no siendo cierta la diligencia que estampa la Secretaria General del Ayuntamiento de Béjar en los folios 425 a 429 (Ordenanzas) y en los folios 432 (el plano PO-1, referido a las parcelas resultantes y ordenación de áreas edificables), 433 (el plano PO-2, que se refiere a la Ordenanza gráfica) y 434 ( el plano PO-3, que se refiere a la delimitación y tratamiento de zonas verdes), indicando que han sido aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de 29 de octubre de 2008, puesto que han sido elaborados en diciembre de 2008 y no han sido sometidos a la aprobación municipal).
Sigue diciendo la sentencia, que “el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo es ilegal…”. Como verás, le has ganado el pleito al Ayuntamiento, que en Salamanca se allanó, sin defender sus propios acuerdos, ¿a qué intereses habrá obedecido tu cliente Alejo?
Debido a que Béjar estaba y sigue estando muerta, esta sentencia no permite el desarrollo urbanístico del solar, y máxime cuando han reducido la edificabilidad, pero si me permite solicitar, como he hecho, una indemnización al Ayuntamiento por su mal funcionamiento, y esto se sigue en el Juzgado nº 1 de lo Contencioso de Salamanca.
Que, en aclaración de la sentencia, se dice que se declara no conforme a derecho el acto presunto dictado por el Ayuntamiento de Béjar.
Es decir, le ganas el pleito al Ayuntamiento, y yo te felicité, porque me ha permitido pedir 185.309,76.- € de indemnización por gastos reales producidos, por lo que nada de resentimiento y sí mucho de agradecimiento. (acompaño copia de las sentencias).
Respecto de lo que Habeas Corpus, dice con todo respeto, y sin faltar a nadie, cosa que tú no haces, debo decir, que tú, sí eres el Abogado de Alejo, además de serlo del Ayuntamiento. Tú compareciste, y yo estaba presente, en la querella contra Alejo, Diligencias Previas 726/2014 del Juzgado nº 1 de Béjar, por presunto delito de injurias. Como es fácil comprender el Alcalde, cuando comete supuestos delitos que nada tienen que ver con el Ayuntamiento y la Administración, es un particular, y aun cuando él, lo mismo que tú, decís que es el Ayuntamiento quien ha pagado tus honorarios, esto es irregular, porque es Alejo quien tiene que hacerlo y no el Ayuntamiento, que es dinero público.
No dices la verdad en relación al expediente de ruina, de tu casa, que se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León en febrero de 2013 y así consta en las Diligencias del Juzgado, también se os comunicó oficialmente de la obligación de que procedierais a la demolición y posterior cerramiento del solar, también consta en el sumario del Juzgado, aportado por el Ayuntamiento, y ello en cumplimiento de la ordenanza del Plan General art. 66 que dice : “El Ayuntamiento podrá exigir de los propietarios de cualquier solar o parcela situada en suelo urbano el cerramiento del predio si este ofreciese peligro o fuese inconveniente para la limpieza salubridad y decoro urbanos. La altura del cerramiento exigible la fijará el Ayuntamiento a la vista de las circunstancias que concurran en cada caso. En caso de incumplimiento, el Ayuntamiento podrá optar por la ejecución subsidiaria, con cargo al propietario del solar.”
No responde a la verdad, como se puede apreciar en la foto que se acompaña, que antes no entrará un camión de bomberos o basura en la esquina, donde no entran es al principio de la calle, no en la esquina (aun cuando esto sea irrelevante, pues entre o no entre el camión, la calle lleva así más de cien años, no te exime de pagar los gastos y someterte a la Ley).
Sigues faltando a la verdad cuando dices que no tenéis obligación de cesión de suelo, pues cuando se demuele el edificio, y si no se puede dar licencia para su reconstrucción, como es el caso, se debe efectuar el cerramiento a la alineación oficial. Lo que ha pasado, es que ha habido un presunto trato de favor, por el que el Ayuntamiento te ha pagado los gastos, que por ley te corresponden. No se puede ser don, sin din, ¿verdad? Tampoco, veo que hayas protestado cuando ha desaparecido de tu solar la reserva de 3.000 m2 de zona verde el Plan General anterior.
Que el Plan Especial se declarara nulo, no hace que las determinaciones del Plan General lo sean, así pues, estoy de acuerdo contigo en que mentir y difamar es fácil, fíjate sí lo es, que lo has hecho en tu escrito, por lo que supongo que no cabe predicar de tu persona, la última aseveración, porque también estoy de acuerdo, en que las personas honradas no necesitamos hacerlo.
Francisco Montero Moral.
Conclusión: Sean amigos o enemigos, Alejo y Montero siempre sacan tajada, y los ciudadanos de Bejar siempre pierden.
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